El pasado martes, el Tribunal Supremo condenaba al fiscal general del Estado a dos años de inhabilitación, una multa de 7.200 euros y una indemnización de 10.000 euros para Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, por daños morales. Pese a que los testimonios escuchados en el juicio fueron mayoritariamente favorables a la inocencia del fiscal, los magistrados llegaron a un acuerdo por el que cinco de ellos y dos en contra ratificaron la condena. Un fallo 'express', ya que ni siquiera se ha redactado la resolución, que tendrá que ser escrita por el presidente del Tribunal, Andrés Martínez Arrieta, después de que la ponente, Susana Polo, haya emitido, junto a la otra magistrada progresista, Ana María Ferrer García, un voto particular en contra de la decisión adoptada por mayoría. Ante la incomprensión, el jefe de Tribunales de laSexta destapaba la maniobra que podría haber puesto en marcha el Supremo para condenar al fiscal general del Estado.

"El fiscal ha sido condenado, entre otras cosas, por la nota de prensa que desmentía el bulo de MAR,en la que se incluyó un extracto del correo con la confesión del novio de Ayuso. La nota 'aparentemente' no era delictiva, pero Hurtado la resucitó y las acusaciones lo aprovecharon", escribía Alfonso Pérez Medina, jefe de Tribunales de laSexta, en su perfil de X. Junto a este texto, el experto publicaba un vídeo en el que explicaba, junto a José Yélamo, en laSexta Xplica, por qué el Supremo habría condenado a Álvaro García Ortiz. 

Ambos señalan que "todo apunta a que la nota de prensa podría ser el motivo por el que le han condenado": "Esa nota de prensa que publica el día 14 de marzo por la mañana para aclarar la información falsa que había distribuido Miguel Ángel Rodríguez". El programa de Atresmedia destacaba una de las frases que se encontraban en aquel comunicado: "Dos delitos contra la Hacienda Pública por el Impuesto de Sociedades, 2020 y 2021". 

Pérez Medina explicaba que esta textualidad "es un extracto de ese correo electrónico, con lo cual sería un dato reservado al que habría accedido el fiscal general en razón de su cargo": "Ese correo electrónico en el que el abogado de González Amador, Carlos Neira, reconocía que ciertamente se habían cometido dos delitos contra la Hacienda pública por el Impuesto de Sociedades 2020-2021. Es decir, este sería el dato reservado que se difundió en la nota de prensa".

Yélamo recordaba que este dato reservado iba citado entre comillas, "como extraído literalmente del correo". "Por lo tanto, podría interpretarse que ahí podría estar el presunto delito", explicaba. "Ahí podría estar y también podría ser un indicio de que el fiscal general del Estado es el autor de la filtración puesto que se demostraría que tenía intención de divulgarlo al incluirlo en la nota de prensa", añadía el experto en Tribunales.

Por otro lado, el espacio rescataba otra frase que venía "de la causa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, donde se presentó la denuncia": "Aparentemente, no hay información indebidamente revelada", leía Yélamo, que subrayaba que "este texto es la admisión por parte del Tribunal Supremo de hace aproximadamente un año de esta causa". "La jueza Susana Polo, una de las que forman parte del tribunal, lee todo lo que hay y de alguna manera, quita de la ecuación, aunque no del todo, la nota de prensa y deja solo la filtración del correo", señalaba.

Pérez Medina aportaba entonces la que podría ser la clave: "¿Qué pasa? Que durante la instrucción, el juez Hurtado vuelve a incluir la nota de prensa basándose en el auto de procesamiento y en el auto de juicio oral. De hecho, las acusaciones también acusan por la nota de prensa, con lo cual podría ser que esa condena se deba también a la nota de prensa".

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