La Fiscalía de Ávila percibe indicios de "criminalidad urbanística" en el chalet de La Adrada propiedad del juez Juan Carlos Peinado, instructor de la causa de investigación sobre la mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez. El asunto llegaba hasta el plató de Malas Lenguas, donde 'traducían' este escrito de la Justicia.
El Ministerio Público considera que el Ayuntamiento de la localidad, bajo mandato popular, pudo haber cometido prevaricación al permitir la construcción de la vivienda de forma irregular; pero el caso ha terminado archivándose por la prescripción de los hechos. Según adelantaba este lunes ElDiario.es y podía confirmar este medio, la Fiscalía aduce a “irregularidades apreciadas en la tramitación del expediente”, las cuales serían prueba de “conductas con indicios de criminalidad urbanística, pero serían delitos prescritos”, además de señalar que parece “un uso no permitido”.
Desde Malas Lenguas, Cintora lanzaba la siguiente pregunta: "¿Le ha prescrito lo de tener una vivienda en condiciones fuera de la norma al juez Peinado?". La periodista María Molero explicaba la noticia a los espectadores: "La Fiscalía de Ávila sospecha que el Ayuntamiento de la localidad de la Adrada pudo prevaricar al permitir que el juez Peinado construyera un chalet de forma irregular, pero archiva esta causa al entender que los hechos han prescrito".
La comunicadora continuaba apuntando que "Peinado pidió una licencia de obra en 2004 y le fue concedida como suelo urbanizable, pero no urbano", lo que "significa que en esa parcela no se podía construir en ese momento". "La calificación no llegó hasta 2017. Trece años después y la casa ya estaba construida. La Fiscalía percibe indicios de criminalidad urbanística en el chalet, pero archiva el caso porque los hechos han prescrito", añadía.
🏡 ¿Se construyó el juez Peinado un chalet de forma irregular?
— Malas Lenguas (@MalasLenguasLa2) June 25, 2025
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La letra pequeña del escrito de la Fiscalía sobre la prevaricación prescrita del chalet del juez Peinado en La Adrada
ElPlural.com tenía acceso al documento de la Fiscalía, en el que incluye un “delito por omisión” del Ayuntamiento del PP, la elevación de los hechos al SEPRONA y las razones del carpetazo a la investigación. El denunciante de los hechos señalaba en sus denuncias que el inmueble de Peinado carece de licencia de primera ocupación y de conexión a los servicios de evacuación de aguas residuales, cuestiones que la Fiscalía remite al Servicio de Protección de la naturaleza (SEPRONA) para su análisis.
Por otro lado, el texto expone que “tratándose de la construcción de una vivienda aislada, no vinculada a explotación agrícola, ganadera o de cualquier otro uso propio del suelo rústico”, su uso podría “no ser permitido”: “No parece ser acorde a la legalidad urbanística”.
En otras líneas de este documento al que se ha tenido acceso se hace referencia a la existencia de “indicios de que se hubiera incurrido en un delito de prevaricación urbanística” de acuerdo con el artículo 320.1 del Código Penal “en cuya redacción a la fecha de los hechos castigados, tanto a la autoridad o funcionario público que informara favorablemente proyectos de edificación o la concesión de licencias contrarias a las normas urbanísticas vigentes, como a los que hubiera resuelto o votado a favor de su concesión a sabiendas de su injusticia”.
Lo emitido, apunta el organismo, podría conllevar “la pena establecida en el artículo 404 de este Código (inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a diez años), y, además, la de prisión de seis meses a dos años o la multa de doce a veinticuatro meses”.