El 15 de noviembre de 2022, las conocidas como Big Four recibieron la visita sorpresa de la Inspección de Trabajo. En una actuación coordinada, Deloitte, PwC, KPMG e EY pasaron a estar bajo la lupa del Ministerio liderado por Yolanda Díaz para comprobar si se daba cumplimiento a las jornadas laborales y las horas extraordinarias. Las jornadas maratonianas de estas consultoras y su trato a la ligera de las horas extra, en muchas ocasiones no pagadas, son de conocimiento público; sin embargo, casi once meses después, fuentes de Trabajo traslada a ElPlural.com que “el trabajo de la inspección todavía no ha terminado”.

Esta afirmación choca con lo publicado este martes por el periódico CincoDías, que avanza que la investigación ya ha concluido y que se están comenzando a notificar a las empresas sus infracciones. Además, según esta información, las cuatro implicadas habrían incurrido en alguna actuación que vulnera la normativa laboral y pasarían a ser multadas por ellos. La cuantía estimada es de, al menos, 1,4 millones de euros en la suma común y los conceptos de las sanciones diversos: desde cuotas a la Seguridad Social no abonadas, horas extra no pagadas o incumplimiento de registro horarios, obligatorio desde 2019.

No obstante, desde la cartera liderada por Díaz garantizan a este periódico que es imposible confirmar en este momento si se ha cometido alguna infracción por el “deber de sigilo” y aseguran que ninguna de las Big Four ha recibido ninguna notificación porque “para comunicar algo a la empresa habrá que concluir primero la investigación”. Sea como fuere, los sindicatos y conocedores del funcionamiento de la Inspección de Trabajo han dado por hecho que se sancionaría a las cuatro consultoras desde que transcendió la actuación. Las jornadas que sobrepasan el máximo legal y el registro y pago de las horas extras son los principales argumentos señalados.

Los trabajadores consultados no se muestran sorprendidos de que las empresas en las que desempeñan su actividad laboral puedan ser multadas por alguna de estas circunstancias que, como indican, se practican con normalidad en el seno de estas empresas. Así lo indican también los sindicatos, que no dudan en señalar a “un modelo de rentabilidad de negocio sobre incumplimientos flagrantes de la normativa laboral”, como emana del artículo escrito en ElPlural.com por Fernando Luján, vicesecretario general de Política Sindical de UGT. “Jornadas de 1.800 horas anuales y tablas salariales que parten del salario mínimo interprofesional”, añadían en su momento desde CCOO.

Todo apuntaba en el momento de realización de la inspección a que las investigadas no estaban cómodas con la actuación de Trabajo. Desbandadas, vaciamiento de plantas enteras y otras expresiones de pánico empresarial fueron relatadas por empleados a diferentes medios de comunicación. El organismo preparó meticulosamente la intervención, que se produjo al mismo tiempo en los rascacielos de las cuatro empresas, sorprendiendo a los mandatarios de las consultoras, y duró hasta la madrugada en alguno de ellos. En aquel momento, fuentes de la Inspección confirmaban a este periódico el control del tiempo de trabajo figura entre los objetivos prioritarios de la actuación.

“Si lo que necesitan es cubrir más horas de trabajo diario para cumplir objetivos con los clientes ¿Por qué no contratan gente? Hablamos de empresas que obtienen cantidades ingentes de beneficios, que nos lo expliquen porque no lo entendemos”, apuntaban los sindicatos. Concretamente, las cuatro compañías alcanzaron en 2022 una facturación conjunta de 2.659 millones de euros, un 4% más que en 2021. Precisamente por el tiempo de trabajo aparece otra posible sanción unida a la falta de registros horarios.

Las sanciones por “la transgresión de las normas y los límites legales o pactados en materia de jornada, trabajo nocturno, horas extraordinarias, horas complementarias, descansos, vacaciones, permisos, registro de jornada y, en general, el tiempo de trabajo”, al ser estas consideradas infracciones 'graves' y no 'muy graves’'son ínfimas para empresas de este calado. “Las graves con multa, en su grado mínimo, de 751 a 1.500 euros, en su grado medio de 1.501 a 3.750 euros; y en su grado máximo de 3.751 a 7.500 euros”, recoge la ley. En este caso, el grado sería el máximo por la reincidencia y la acumulación, pero seguiría sin sobrepasar los 7.500 euros.

A la espera de que finalice la investigación de Trabajo y de que trasciendan los expedientes sancionadores, situaciones que no debería demorarse mucho más en el tiempo, lo cierto es que las denuncias de decenas de trabajadores hacen pensar que deberá resolverse en contra de las compañías. Empleados y exempleados aseguran haberse visto obligados a realizar jornadas maratonianas sin cobrar las horas extra. La investigación dura ya casi un año y los trabajadores consultados aseguran que la situación no ha cambiado mucho y una sanción, de no ser ejemplar, no parece que vaya a ser capaz de doblar el brazo a poderosas multinacionales.