Desde el 1 de enero de 2024 los alumnos que realizan prácticas formativas, ya sean remuneradas o no, están incluidos en el sistema de la Seguridad Social y por tanto están cotizando a la Seguridad Social, sin embargo, muchos alumnos que hicieron prácticas antes de esta fecha no cotizaron.

Pues bien, desde hace un tiempo la Tesorería permite suscribir un convenio especial para aquellas personas que realizaron prácticas académicas antes de 2024 y no cotizaron por ellas.

A raíz de esto, muchos os habéis preguntado ¿interesa recuperar esas cotizaciones teniendo en cuenta el gasto económico que supone?

Antes de tomar esta decisión hay que valorar cuánto nos costaría suscribir ese convenio y cómo podríamos pagarlo.

La normativa permite recuperar hasta 5 años de cotización, pero no todo el mundo podrá recuperar 5 años, ya que podremos recuperar el número de años o meses que hayamos hecho prácticas. Si has hecho prácticas durante un año, podrás recuperar un año, si has hecho prácticas durante dos, podrás recuperar dos, y así sucesivamente.

Lo siguiente es conocer cuánto nos costará recuperar esas cotizaciones. La norma dice que se cotizará por la base mínima del año en el que se llevaron a cabo las prácticas y no por la base mínima del año en el que suscribimos el convenio. Si las prácticas las hicisteis en 1998, se tomará la base mínima de cotización de ese año. De esa base se paga un porcentaje, y nos da la cuota, y a esa cuota resultante se aplicará un coeficiente del 0,77.

Por tanto, lo recomendable es acercarse a la Tesorería General de la Seguridad Social con nuestra certificación de las prácticas y que nos calculen cuánto sería realmente el importe a pagar en nuestro caso en concreto.

También es importante saber cómo se puede abonar esta cuota. ¿De golpe o se puede pagar a plazos? La norma indica que el ingreso se podrá realizar de una sola vez (dentro del mes siguiente al que hayamos suscrito del convenio especial) o podrá fraccionarse en hasta el doble del período que se
pretende recuperar, es decir, si recuperas un año, se puede pagar en 24 mensualidades, con un máximo de 84 mensualidades (7 años).

Y otro aspecto importante antes de tomar esta decisión es saber si el convenio tenemos que hacerlo ya o podemos esperar, porque a lo mejor en este momento no nos viene bien. La norma permite poder suscribir el convenio hasta el 31 de diciembre de 2028.

Pues bien, una vez que conocemos cuánto nos cuesta recuperar esas cotizaciones, la pregunta es ¿interesa suscribir este convenio? ¿servirá para algo pagar esta cantidad?

La primera respuesta y la más sincera es de sentido común, nadie te podrá asegurar que esas cotizaciones servirán el día de mañana para algo, pero ahora bien, te dejo algunos datos que debes tener en cuenta para tomar tu decisión.

Todas las pensiones contributivas de la Seguridad Social tienen un periodo mínimo. La edad y el número de años necesarios para la jubilación ha ido cambiando desde los comienzos de nuestro sistema de pensiones. En la actualidad se requieren al menos 15 años cotizados.

Por otro lado, el importe de la jubilación también depende de los años cotizados, a más años cotizados, más porcentaje de pensión. Hasta hace poco, con 35 años tenías derecho al 100% de la jubilación, pero en la actualidad se requiere haber cotizado 36 años y medio.

Y también los años de cotización determinan la edad de jubilación. Hasta 2011 todos se jubilaban a 65 años (reuniendo el período mínimo de cotización), pero en la actualidad, no es así. Si tienes más de 38 años y 3 meses podrás jubilarte con 65 años, pero si no tienes esos años de cotización tu edad de jubilación será a los 66 años y 8 meses.

E igualmente sucede con la jubilación anticipada o la jubilación parcial, en ambos casos se requiere un periodo mínimo de cotización de 33 o 35 años.

Por tanto, los años cotizados determinan cuándo te jubilas y cuánto cobrarás de pensión.

Pero también para la incapacidad permanente deriva de enfermedad común o accidente no laboral se requiere un periodo mínimo de cotización que varía según la edad del trabajador, que va de 5 a 15 años.

En definitiva, todas las prestaciones contributivas requieren un mínimo de cotización, por tanto, cuanto más periodo coticemos mayor protección tendremos y más opciones tendremos el día de mañana de cobrar una prestación y de mayor cuantía.

Sabiendo todo esto, eres tú quien tiene que tomar la decisión.

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