Este 22 de diciembre, como cada año, se celebra el sorteo de la Lotería de Navidad. Este viernes, puede seguir el sorteo de la Lotería de Navidad en directo en ElPlural.com, en las redes sociales y en YouTube, así como comprobar los décimos premiados en nuestra web. En total, se repartirán 2.520.000 millones de euros en premios. Si eres uno de los afortunados y te toca el Gordo, cada décimo está premiado con 400.000 euros. Pero no todo es para ti, la hacienda pública grava los premios superiores a 40.000 euros con un 20%, por lo que este primer premio resultará en un ingreso final de 328.000 euros una vez restado el dinero que irá a parar al bolsillo común de la ciudadanía.

¿Cómo cobrar la Lotería de Navidad?

Los premiados tienen hasta el 22 de marzo del siguiente año, en este caso 2023, para cobrarlo, ya sea el Gordo o una pedrea, al existir un plazo de tres meses desde la celebración del sorteo para su reclamación. En caso de no hacerlo, la cuantía quedará en manos de la hacienda pública. Si el importe del premio es igual o inferior a 2.000 euros, se puede cobrar en cualquier administración; pero si es superior, el décimo se debe cobrar en entidades bancarias privadas.

¿Dónde cobrar el premio del Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad?

Las administraciones de lotería podrán abonar los décimos premiados el día 22 de diciembre a partir de las 18:00h. Teniendo en cuenta el volumen de información, este horario puede variar por la complejidad para actualizar los sistemas informáticos y las verificaciones de los números extraídos. Desde ese día, hay tres meses para reclamar el premio. Si se excede este límite de tiempo, se perderá el derecho a reclamarlo. Los décimos que no se han cobrado acaban en las arcas de Hacienda, que, al fin y al cabo, somos todos.

Para cobrar una participación, debes seguir las instrucciones de la persona que te la vendió. No podrás acudir a ninguna entidad financiera ni a la delegación territorial de Loterías y Apuestas del Estado.

¿Cuáles son los premios de la Lotería de Navidad?

  • 1 de 4.000.000 euros: 4.000.000 euros (conocido popularmente como El Gordo)
  • 1 de 1.250.000 euros: 1.250.000 euros
  • 1 de 500.000 euros: 500.000 euros
  • 2 de 200.000 euros: 400.000 euros
  • 8 de 60.000 euros: 480.000: euros
  • 1.794 de 1.000 euros: 1.794.000 euros
  • Dos aproximaciones de 20.000 euros cada una, para los números anterior y posterior al del que obtenga el primer premio (40.000 euros).
  • Dos aproximaciones de 12.500 euros cada una, para los números anterior y posterior al del que obtenga el segundo premio (25.000 euros).
  • Dos aproximaciones de 9.600 euros cada una, para los números anterior y posterior al del que obtenga el tercer premio (19.200 euros).
  • 297 premios de 1.000 euros cada uno, para los 99 números restantes de la centena del primer, segundo y tercer premio (297.000 euros).
  • 198 premios de 1.000 euros cada uno, para los 99 números restantes de la centena de los dos cuartos premios (198.000 euros).
  • 297 premios de 1.000 euros cada uno, para los billetes cuyas dos últimas cifras sean iguales y estén igualmente dispuestas que las del que obtenga el primer, segundo y tercer premio (2.997.000 euros).
  • 9.999 reintegros de 200 euros cada uno, para los billetes cuya última cifra sea igual a la del que obtenga el primer premio (1.999.800 euros).

¿Hay que declarar el premio del Sorteo de la Lotería de Navidad?

Los impuestos son retenidos directa y automáticamente en el momento del cobro del décimo, de forma que la cifra recibida ya incluirá la resta del gravamen. No habrá que presentar ninguna otra autoliquidación, tan solo se debe declarar beneficiario ante la Agencia Tributaria. En caso de tratarse de un décimo compartido, es decir, una participación, la Agencia Tributaria debe identificar al beneficiario, así como al resto de personas que comparten el décimo.