El Sorteo Extraordinario de la Lotería de Navidad del 22 de diciembre es una de las fechas claves de la Navidad. Y un año más, ha llegado el día, y este viernes puede seguir en ElPlural.com el directo del sorteo, así como en redes sociales y en Youtube. También puede consultar los décimos premiados.

Este año se repartirán un total de 2.590 millones de euros en premios, lo que supone 70 millones más que en 2022. La emisión consta con 5 series adicionales y mantiene sus tres grandes premios: El Gordo, el segundo y el tercero, que alcanzan cuantías de 400.000, 125.000 y 50.000 euros respectivamente. Eso es en bruto, la pregunta del millón es cuánto recibe el agraciado y cuánto se queda Hacienda. 

Todos hemos soñado alguna vez con ganar el Gordo de la Lotería y hemos fantaseado en qué nos gastaríamos el gran premio de 400.000 euros. Sin embargo, lo que muchos españoles no saben es que Hacienda se queda con una parte importante del premio, que varía según la cantidad recibida.

¿Qué porcentaje se queda Hacienda de los décimos premiados?

Sólo se tributa a partir de premios superiores a 40.000 euros, es decir, todos los premios inferiores a esa cantidad están exentos de tributación. Por encima de esa cantidad se tributa un 20% aunque los primeros 40.000 euros estarían exentos. Si juegas un décimo del Gordo de Navidad tendrías que pagar a Hacienda 72.000 euros por lo que la ganancia neta sería de 328.000 euros

La siguiente tabla indica qué cantidad de cada décimo premiado se queda la Agencia Tributaria y cuánto finalmente recibe el ganador.

Premios por décimo (2023)
Importe del premio
Impuestos que pagan
Cuánto te queda
Primero 400.000€ 72.000€ 328.000€
Segundo 125.000€ 17.000€ 108.000€
Tercero 50.000€ 2.000€ 48.000€
Cuarto 20.000€ 0€ 20.000€
Quinto 6.000€ 0€ 6.000€
Aproximación Primer Premio 2.000€ 0€ 2.000€
Aproximación Segundo Premio 1.250€ 0€ 1.250€
Aproximación Tercer Premio 960€ 0€ 960€
Dos últimas cifras del 1º, 2º, y 3º Premio 100€ 0€ 100€
Centenas del 1º, 2º, 3º, y 4º premio 100€ 0€ 100€
Pedrea 100€ 0€ 100€
Reintegro 20€ 0€ 20€

 

40.000 euros, el límite desde 2020

El sistema de tributación a Hacienda de la Lotería de Navidad cambió en 2012 tras años en los que las ganancias obtenidas con los juegos de azar estaban exentas de tributar. Hasta ese momento, si ganabas cualquier premio de la Lotería no tenías que pagar nada a Hacienda ese año, sino que el pago de impuestos llegaba al año siguiente a través del Impuesto de Patrimonio y del Impuesto para la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por las ganancias generadas.

Ahora las cosas son diferentes y la fiscalidad que regula la Lotería de Navidad y el resto de sorteos de Loterías y Apuestas del Estado está perfectamente definido. En esta línea, hay un porcentaje fijo establecido que pagarás a través de impuestos, un 20% siempre que el premio supere los 40.000 euros tras la subida del límite este año.

La cifra mínima ha ido subiendo progresivamente desde 2017, cuando los premios debían declararse a partir de los 2.500 euros, gracias a la enmienda de los Presupuestos Generales del Estado sobre la elevación del mínimo exento de tributos en la lotería y el resto de premios de Loterías y Apuestas del Estado.

Desde 2020 la cantidad exenta de impuestos ha aumentado hasta los 40.000 euros. Es decir, el límite de premios sin pago de impuestos relacionados es más alto y, por tanto, beneficiará más a los ganadores y menos a la Agencia Tributaria. Este cambio no solo afecta a que haya más premios exentos, sino que el ganador de los tres primeros premios recibirá una cantidad mayor. 

¿Cómo se debe tributar?

La Agencia Tributaria no va a esperar a que el ganador informe de su premio a la hora de hacer la Declaración de la Renta al año siguiente, sino que, al igual que ocurre con otros conceptos como la nómina mensual, se producirá una retención del Impuesto para la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en los premios de lotería.

Es decir, si te toca el Gordo de Navidad no vas a recibir el premio completo, sino que recibirás automáticamente 328.000 euros. De esta forma Hacienda se asegura que el pago de impuestos en el momento del pago del premio. 

La base imponible está formada por el importe del premio por encima de la cuantía exenta. En el supuesto de que fuera de titularidad compartida, ésta se prorratearé entre los partícipes en función de la cuota que les corresponda.

¿Qué pasa si tengo varios décimos de un cuarto o quinto premio?

Pero qué pasa cuando una persona tiene varios décimos de un cuarto o quinto premio, dotados con 20.000 y 6.000 euros, respectivamente- y obtiene una ganancia un montante superior a 40.000 euros. La respuesta es no tiene que tributar ya que es el décimo el que está afectado por el gravamen.