El Gobierno ha dado el paso definitivo en su apuesta por la conciliación laboral y, tras su publicación este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE), lanza una convocatoria para la concesión de ayudas destinadas a aquellas empresas que reduzcan la jornada laboral de sus trabajadores. Para favorecer estas prácticas empresariales, el Ejecutivo pone sobre la mesa casi diez millones de euros (9.650.000) que serán repartidos entre las empresas que accedan a la convocatoria y obtengan el visto bueno, pudiendo percibir estas un máximo de 200.000 euros.

Esta convocatoria busca también apoyar a la amplia mayoría del tejido empresarial, dejando fuera a grandes empresas, razón por la que las potenciales perceptoras de las ayudas son pequeñas y medianas empresas (PYMES), es decir, aquellas que emplean a menos de 250 trabajadores y tienen un volumen anual de negocios que no supera los 50 millones (43 millones si se atiende al balance general). Para percibir las ayudas, las pymes deberán reducir, como mínimo, el 10% de la jornada laboral de sus trabajadores y mantengan la cuantía del salario intacta. Además, esta situación laboral deberá mantenerse durante mínimo dos años.

Así, un trabajador con una jornada de 40 horas semanales por la que percibe 1.500 euros pasaría a trabajar, como máximo, 36 horas semanales y su salario se mantendría intacto. A su vez, la empresa que acometa esta medida percibirá una subvención que no podrá superar el 90% sobre el presupuesto financiable ni los 200.000 euros durante los tres últimos ejercicios fiscales. Teniendo en cuenta esto, las empresas tendrán un mes de plazo desde este jueves para presentar su candidatura, lo que podrán realizar a través de la página web de la Escuela de Organización Industrial con su certificado digital. Por su parte, desde el Ministerio esperan que la resolución no tarde en publicarse más de seis meses.

A partir de ese momento, las empresas beneficiarias contarán con un plazo de 12 meses para realizar los gastos subvencionados, es decir, la cuantía percibida deberá ir destinada a este cometido. Cuentan como gastos subvencionables aquellos devenidos de los costes salariales del personal afectado por las reducciones. En este sentido, el 90% establecido como tope subvencionable hace referencia a las empresas de menos de diez empleados, porcentaje que se reduce progresivamente según aumenta la plantilla: 80% para las empresas de entre 11 y 52 empleados y del 75% para pymes con una plantilla de más de 53 trabajadores. Se especifica también que serán deducibles aquellos gastos relacionados con la contratación de servicios que auditen el proyecto u ofrezcan formación que orienten a empresa y empleados en materia de optimización del tiempo

Requisitos para acceder a la ayuda

La convocatoria, elaborada por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, especifica que las ayudas irán dirigidas al “impulso de la mejora de la productividad en pequeñas y medianas empresas industriales a través de proyectos piloto de reducción de la jornada laboral”, lo que supone que solo las pymes que desarrollen actividades económicas del sector de la Industria podrán acceder a la convocatoria. Además, como se ha mencionado anteriormente, las empresas no deberán contar con más de 250 empleados ni superar los 50 millones de volumen de negocio anual.

Más allá del número de empleados y del sector productivo, también quedarán excluidas las empresas del sector público, por razones obvias, y aquellas cuya personalidad jurídica propia no esté constituida en España. Una vez superados estos requisitos de acceso, la empresa solicitante tendrá que demostrar su viabilidad económica y financiera, la viabilidad del propio proyecto de reducción de jornada y las previsiones de impacto para percibir una valoración positiva. Cabe destacar que el proyecto deberá prolongarse, por lo menos, durante dos años y solo podrá afectar a aquellos trabajadores que cuenten con un contrato indefinido a tiempo completo (40 horas semanales).

De cara a tomar la decisión, también se tendrá en cuenta el margen de reducción planteado, sumando más puntos aquellas empresas que planteen una reducción mayor de la jornada, de igual manera se atenderá a la cantidad de trabajadores beneficiados, valorando más positivamente a las pymes que extiendan la medida a mayor porcentaje de la plantilla. El mínimo de reducción de horas se sitúa en el 10% y el de extensión de la plantilla en 30%, en el caso de las empresas de hasta 20 trabajadores, y de al menos un 25% en las pymes con plantillas por encima de esta cifra y hasta los 250 trabajadores.