El calor, la masificación o el incremento de los precios son algunas de las consecuencias que no cuesta tanto asumir cuando con la entrada del verano llegan también las ansiadas vacaciones. Millones de trabajadores que completan jornadas maratonianas durante todo el año desean disfrutar de unos escasos días de desconexión de la rutina; sin embargo, muchos jefes parecen no comprender esta situación o, de comprenderla, deciden no respetarla. Llamadas, mensajes y corres continúan llegando a los dispositivos electrónicos de los empleados, vulnerando el derecho a la desconexión digital tipificado por ley.

“Los trabajadores y los empleados públicos tendrán derecho a la desconexión digital a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar”, refleja la norma de 2018. Por lo tanto, un trabajador no tendrá la obligación de responder ni realizar ninguna actividad relacionada con su desempeño laboral y, sobre todo, no podrá sufrir ninguna consecuencia por su negativa a trabajar en vacaciones.

Así lo establece, más allá de la ley, la jurisprudencia. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid falló en favor de un trabajador que fue despedido de forma improcedente. El trabajador fue despedido por no cumplir una orden mandada por correo electrónico durante sus vacaciones, lo que el tribunal señala que “no es acorde al derecho a la desconexión digital del trabajador”. La readmisión o la indemnización por despido son las opciones dadas por la práctica de la empresa.

La regulación de la desconexión digital está en mano de la negociación colectiva, que cada vez consigue incluir en más convenios esta variable. Además, las empresas deben regular este aspecto. “El empleador, previa audiencia de los representantes de los trabajadores, elaborará una política interna dirigida a trabajadores, incluidos los que ocupen puestos directivos, en la que definirán las modalidades de ejercicio del derecho a la desconexión y las acciones de formación y de sensibilización del personal sobre un uso razonable de las herramientas tecnológicas que evite el riesgo de fatiga informática”, reza la ley.

La llegada de la pandemia de la Covid-19 aceleró la implantación del teletrabajo en muchas empresas españolas que, hasta el momento, no lo contemplaba. Esta modalidad de trabajo, si bien ha traído múltiples beneficios para los empleados, también conlleva malos usos y vulneración de derechos por parte de las empresas. Las nuevas tecnologías, que facilitan la conectividad, son también un escollo para la desconexión, por lo que la norma hace hincapié en preservar el derecho a la desconexión digital “en los supuestos de realización total o parcial del trabajo a distancia así como en el domicilio del empleado vinculado al uso con fines laborales de herramientas tecnológicas.”

La norma es clara y, aunque no guste al jefe de turno, el trabajador no tiene la obligación de responder. Puede contemplarse casos de fuerza mayor o de urgencia grave que justifiquen el reclamo por parte de la empresa, pero estos deberán estar especificados previamente, de igual manera que la forma de contacto que se utilizará en estos supuestos para diferenciarlos de una incidencia normal.

Todos los sindicatos españoles han realizado campañas desde el comienzo del verano para garantizar el cumplimiento de este derecho, conocedores de la vulneración que se agrava en la temporada estival. “Tengo un correo, ¿lo abro?”, se pregunta UGT, que responde tajante: “no”. “Como trabajador, tienes derecho a que se respete tu descanso y tu intimidad. En tu tiempo libre sólo preocúpate de descansar y recargar energías”, reitera CSIF.

La ley y la jurisprudencia están de lado del trabajador. Ni correos electrónicos que llegan mientras tomas el sol, ni llamadas que interrumpen las vistas de un mirador, ni perturbaciones laborales mientras simplemente disfrutas de la comodidad de tu sofá. Las empresas y los superiores deberían respetar el derecho de los trabajadores a descansar, pero si no lo hacen, este podrá negarse a responder siendo consciente de que estará protegido si su negativa tiene consecuencias.