El próximo 7 de abril arranca la Campaña de la Renta de 2020, marcada por ciertas novedades derivadas del impacto del coronavirus y de las medidas de apoyo económico aprobadas por las instituciones, con el objetivo de proteger a ciudadanos y empresas de la crisis económica. Sin embargo, estas ayudas tendrán consecuencias a la hora de hacer la Declaración de la Renta.

La campaña comenzará el próximo 7 de abril con el arranque del plazo de presentación por internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2020. Según el calendario previsto, a partir del 6 de mayo se habilita la posibilidad de presentar la declaración de forma telefónica y un mes después, el 2 de junio, se podrá realizar de forma presencial.

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¿Qué pasa con los ERTE?

Dentro de las novedades de la Campaña de la Renta 2020 está la obligación de presentar la declaración para aquellos trabajadores que se han acogido a un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) en 2019. El hecho de haber cobrado una prestación por desempleo por parte del Gobierno supone que el trabajador ha tenido dos pagadores, lo que le obliga a presentar la Declaración de la Renta si cumple ciertos requisitos.

Como viene siendo habitual, el límite para presentar la declaración de forma obligatoria se encuentra en los 22.000 euros anuales pero, en este caso, debe provenir de un solo pagador. En el momento en el que el trabajador haya tenido dos pagadores, incluido el Estado a través de prestaciones, debe realizar la declaración en los siguientes supuestos.

Por un lado, si el importe recibido por el segundo o el resto de pagadores es inferior a 1.500 euros, el trabajador no tendrá que declarar por IRPF si la suma total de sus rendimientos de trabajo es inferior a los 22.000 euros anuales. Por otro lado, si esta cantidad supera los 1.500 euros, el contribuyente no tiene que presentar la declaración si los rendimientos no superan los 14.000 euros.

Según los expertos, esta novedad se traducirá en que los trabajadores que se han acogido a un ERTE en 2019 tendrán que pagar entre 800 y 1.000 euros más a la hora de hacer la Declaración de la Renta 2020.

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Más novedades

Otro de los principales cambios en la Campaña de la Renta 2020 afecta a los planes de pensiones. El 1 de enero entró en vigor la reducción del límite máximo de las aportaciones a los planes de pensiones individuales para deducir en el IRPF, en concreto de los 8.000 a los 2.000 euros.

Además, se ha reducido de 2.500 a 1.000 euros el límite deducible de las aportaciones a los planes de pensiones, a favor del cónyuge que no trabaja. En el caso de las empresas, el límite máximo para desgravar aportaciones en los planes de pensiones de empleo o de empresa ha aumentado desde los 8.000 hasta los 10.000 euros.

La tercera gran novedad en la campaña afecta a las rentas del ahorro, en concreto a través de la subida del gravamen de los rendimientos de capital mobiliario. El 1 de enero también ha entrado en vigor el aumento del tipo impositivo, del 23% al 26%, de los dividendos que superen los 200.000 euros anuales.

En cifras, a los contribuyentes con ingresos superiores a los 300.000 euros anuales se les aplicará un tipo marginal del 47%, un 2% más que en el tipo aplicable en el tramo anterior, situado entre los 60.000 y los 300.000 euros, con un tipo impositivo del 45%.