El Consejo de Ministros ordinario ha aprobado varias medidas económicas entre las que se encuentra el superfondo de pensiones de empleo, diseñado por el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá. El responsable de la cartera de Seguridad Social ha aprobado la creación de fondos de pensiones de empleo como proyecto de ley, después de pasar el primer visto bueno a finales de noviembre.

Escrivá ha justificado en la rueda de prensa posterior que se trata de una recomendación del Pacto de Toledo y ha negado grandes diferencias en el diálogo social. Más allá de las opiniones de unos o de otros, ¿en qué consiste este fondo de pensiones de empleo y a quién beneficia?

Se trata de un fondo de pensiones compartido entre trabajadores y empresa para mejorar la retribución que el empleado reciba a la hora de jubilarse. La iniciativa nace como el primer plan de pensiones público de España, con el ejemplo regional del País Vasco ya en marcha, y con menores comisiones y una fiscalidad más beneficiosa como las principales ventajas para los trabajadores.

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Ventajas: menos comisiones y mejor fiscalidad

Y es que el fondo tendrá unas comisiones inferiores a las que habitualmente tienen los planes de pensiones privados. Por ley, las comisiones devengadas por la entidad gestora no podrán ser superiores al 0,4%. Un porcentaje que, para las entidades depositantes, no podrá superar el 0,1%. En total, el máximo no podrá superar el 0,5%, el límite de los planes de empresa. Estos porcentajes quedan muy lejos del 1,20% que cobran habitualmente los bancos por los planes privados de pensiones.

En cuanto a las deducciones fiscales, la Ley de los Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2022 ya recoge que la deducción en el IRPF sea de 1.500 euros en la base imponible de los planes individuales y de 10.500 euros en los planes colectivos, para trasladar los beneficios fiscales a las rentas medias y bajas.

El trabajador podrá aportar, de forma voluntaria, cuotas superiores a las que ponga su empresa pero la aportación máxima se definirá por tramos. Además, reducirá su base imponible a tipo marginal del IRPF, con un 30% para el empleado medio. Para los autónomos, el Ministerio de Seguridad Social calcula una deducción de hasta 5.750 euros al año.

En el caso de las empresas, se reintroduce la no cotización de las contribuciones a la Seguridad Social en aportaciones de estos planes, que estuvo vigente hasta 2013. No obstante, ahora se limita a 115 euros mensuales por empleado o 1.380 euros anuales, en línea con la "filosofía de poder posibilitar un instrumento de ahorro atractivo para rentas medias y bajas", ha explicado Escrivá. Es decir, es una medida que beneficiará a las clases inferiores. 

Planes públicos vs planes privados

El objetivo es claro: impulsar los planes públicos de pensiones de empresa, además de aumentar la población cubierta por planes de pensiones complementarios como son los jóvenes, los autónomos o las pymes. El superfondo busca ofrecer una mejor fiscalidad para desincentivar, de forma paulatina, los planes de pensiones privados.

Tanto el trabajador como la empresa irán aportando una cantidad mensual a un fondo conjunto para que, posteriormente, a la hora de jubilarse, el empleado pueda recoger un complemento a su pensión de jubilación. Así, esta cantidad se sumará a la pensión de jubilación que reciba del Estado, tal y como ocurre a día de hoy.

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Con esta normativa, el Gobierno pretende reforzar el segundo pilar del sistema de pensiones. Además, responde a la recomendación 16 del Pacto de Toledo, a la disposición adicional 40 de la ley de Presupuestos de 2021 y a la reforma del componente 30 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), que el Gobierno se comprometió a cumplir en la primera mitad de 2022.

¿Quién gestiona el fondo? 

Entonces, si no hay un banco privado que gestione la pensión, ¿quién lo hará? Una comisión de 17 miembros que estará formada por varios representantes. Por un lado, contará con 4 miembros propuestos por los sindicatos, 4 por las organizaciones empresariales y 9 del Ministerio de Seguridad Social.

La medida sale sin el acuerdo de los agentes sociales, a pesar de haberse negociado, pero para Escrivá “no ha habido grandes discrepancias”. De hecho, ha asegurado que se han realizado aportaciones interesantes y útiles al proyecto y matiza que la principal diferencia está en los incentivos fiscales. Tanto empresarios como sindicatos reclamaban al ministro que se incluyera un anteproyecto de ley de incentivos fiscales para estos planes.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, el responsable de Seguridad Social ha explicado que prefiere esperar a las conclusiones del comité de expertos de Moncloa para la reforma fiscal a la hora de diseñar estos incentivos fiscales.