La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado al Grupo Vaillant por las restricciones impuestas a su red de Servicios Técnicos Autorizados para la reparación de calderas con una multa de 859.763 euros.

En concreto, la CNMC multa a Red Ofisat con 819.763 euros; a Saunier Duval Dicosa con 20.000 euros, a Vaillant con 15.000 euros y a Vaillant Saunier Duval Ibérica, con 5.000 euros. Por su parte, las empresas del Grupo Valliant lograron reducir sus multas por la colaboración con la CNMC, así como por la finalización de la infracción de manera voluntaria con anterioridad a la notificación del Pliego de Concreción de Hechos.

La conducta ilícita consistía en limitar la actuación de los servicios de asistencia técnica independientes en la postventa de calderas y aparatos de calefacción y agua caliente. Tales limitaciones consistían en impedirles prestar sus servicios fuera de un territorio determinado, la fijación de tarifas que aplicaba su red de servicios técnicos a los consumidores finales y la obligación de aprovisionarse exclusivamente de piezas de repuesto del Grupo Vaillant o autorizadas por este.

Estas actuaciones se recogen en los contratos firmados con los SAT independientes y se consideran restricciones verticales. De hecho, se trata de una infracción grave del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia. Sin embargo, el nuevo modelo de contratos del Grupo Vaillant con los SAT independientes desde 2014 ha eliminado las cláusulas restrictivas de la competencia presentes en contratos anteriores.

Conductas ilícitas durante 14 años

Concretamente los hechos se produjeron entre mayo de 2004 y junio de 2018, hasta la sustitución de los últimos contratos con cláusulas anticompetitivas. La CNMC comenzó la investigación tras recibir un escrito a través del buzón de colaboración en el que se ponían en conocimiento del organismo dichas prácticas.

La CNMC informa de que cualquier persona o empresa que se considere afectada por las prácticas anticompetitivas relacionadas con este caso puede presentar una demanda de daños y perjuicios derivada de las citadas conductas por infracción de la normativa de defensa de la competencia ante los tribunales civiles.

La CNMC considera prioritaria la lucha contra los carteles. Para su detección, cuenta con el Programa de Clemencia, mediante el que la empresa y/o el directivo que haya participado en un cártel puede aportar información sobre el mismo, escrita o verbalmente en la sede de la CNMC a cambio de la exención total o reducción de la multa que le correspondería.