La ley de Vivienda está generando fuertes enfrentamientos entre las diferentes facciones políticas por sus efectos en el mercado inmobiliario. La derecha, que busca reafirmar el mantra de que las medidas progresistas traen la debacle económica, asegura que la nueva normal desincentivará la oferta por la intervención en el mercado y la izquierda, con la pretensión de demostrar que pueden asumirse políticas sociales que a la par impulsen la economía, defiende que pueden reducirse los precios y garantizar un derecho básico sin que los cimientos de un mercado sobredimensionado tiemblen un mínimo. La pugna por hondear la bandera económica de cara a las elecciones se acrecienta conforme se aproximan los comicios y la vivienda, tan olvidada habitualmente, es ahora el mástil que la iza.

No obstante, lo cierto es que, más allá de la etiqueta ‘socialcomunista’ que la derecha coloca a toda medida emanada del Gobierno de coalición, está ley contempla incentivos fiscales y beneficios para los propietarios. Cesiones al mercado que, como siempre, pagaremos todos, es decir, el Estado. Así lo refleja el texto definitivo de la futura ley que, durante las próximas semanas, atravesará sin problemas los trámites legislativos y se convertirá en una realidad.

Si bien es cierto que la deducción general contemplada para el alquiler se reducirá del 60 al 50%, esto tan solo es una estrategia para que los caseros cumplan una serie de requisitos que podrían reportarles deducciones de hasta el 90%. Cabe destacar que todas las bonificaciones contempladas en la nueva norma se concederán únicamente a los caseros con personalidad física, quedando excluidos bancos y fondos buitre, y cuyo inmueble se ubique en una zona tensionada. Este segundo aspecto es vital y parece una clara maniobra para presionar a aquellos gobiernos autonómicos -la competencia para declarar estas zonas está en su mano- que ya han anunciado que no aplicarán la norma (todos del PP) y que deberán explicarle tanto a inquilinos como a propietarios que no podrán beneficiarse de la norma.

Deducción del 90% para el casero

Sin ninguna duda, la deducción más jugosa y que más ha llamado la atención es la del 90%. No obstante, para acceder a esta o al resto con porcentajes inferiores los caseros deberán cumplir una serie de requisitos en favor de los inquilinos. Un quid pro quo entre partes que, al regirnos por una lógica de mercado, tendrá que financiar alguien: las arcas públicas en esta ocasión. Para la deducción del 50% (que puede alcanzar los 500 euros anuales) los propietarios no están obligados a nada; sin embargo, si quieren que esa deducción ascienda hasta el 90% deberán abaratar el precio del alquiler en más de un 5%.

Si entendemos al ejemplo práctico que ha elaborado el Registro de Asesores Fiscales (REAF) del Consejo General de Economistas, el ahorro aumentará conforme a la renta del casero. Así, para un inmueble con una tasación de mercado de 300.000 euros y cuyo precio de alquiler sea de 1.000 euros al mes una reducción del 6% supondría un ahorro de 720 euros anuales para el inquilino que perdería el casero. Sin embargo, este abaratamiento le generará al propietario una deducción vía IRPF por encima de la citada cantidad.

De esta manera, un propietario menor de 65 años, sin hijos y soltero que perciba unas rentas totales de 18.000 euros se ahorraría 795,55 euros anuales por la deducción. Un saldo positivo de 75,55 euros tras restar los 720 euros que dejaría de percibir del alquilado y que dejarán de recaer en las cuentas públicas. El ahorro para el propietario aumento con sus cuentas y para uno con el mismo perfil, pero con uno ingresos anuales de 26.000 euros, el ahorro en el IRPF ascendería a los 1.005,6 euros y, en consecuencia, el saldo positivo neto sería de 285,6 euros, a pesar de haber reducido al alquilado la misma cantidad.

Los beneficios son mucho mayores para un casero con unas rentas totales de 60.000 al año, cuyo ahorro se situaría en torno a los 1.240 euros y el saldo neto, una vez descontado lo ‘perdido’ por la reducción del alquiler, en 520 euros. El mayor beneficiado por el ahorro es el inquilino (720 euros) y de entre los caseros, debido a la estructura fiscal de tramos y al no variar el porcentaje de deducción en función de la renta, al que le reportaría un mayor beneficio es al de mayor renta.

Otras deducciones

Más allá de la deducción general que se reducirá al 50% y de la ya expuesta, la nueva ley de Vivienda contempla más. Existirá también una bonificación del 70% para el propietario que arrende un inmueble a una persona joven, comprendida entre los 18 y los 35 años, o a una Administración Pública o entidad sin fines lucrativos. Por otro lado, se contempla una deducción del 60% para aquellas viviendas que hayan siso rehabilitadas y sus obras hayan finalizado en los dos años previos a la concertación del contrato.