El Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, gobernado por el Partido Popular, ha ordenado el cierre del Centro de Recepción, Atención y Derivación (Creade), un recurso del Ministerio de Migraciones que acoge actualmente a más de 400 personas con protección internacional, alegando supuestas irregularidades urbanísticas. Esta medida, sin embargo, choca frontalmente con una sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que, hace apenas dos años, condenó al mismo consistorio por intentar clausurar un centro de tutela de menores con argumentos casi idénticos.
En aquella ocasión, el Ayuntamiento también alegó falta de licencia adecuada —en ese caso, en un piso tutelado para menores no acompañados gestionado por la Fundación SAMU—, y argumentó que el uso dotacional del inmueble no era compatible con su uso real. Sin embargo, el TSJM desestimó rotundamente el recurso del Ayuntamiento, considerando que la actividad del piso tutelado se enmarcaba dentro del uso residencial comunitario permitido por el planeamiento urbanístico y, lo que es aún más relevante, recordó que el interés superior del menor debe prevalecer sobre cualquier disputa normativa o burocrática.
La sentencia invocó el artículo 39.4 de la Constitución, varias leyes estatales —incluyendo la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor y la Ley 26/2015 de reforma del sistema de protección a la infancia—, y la Convención de los Derechos del Niño de Naciones Unidas. La conclusión fue clara: los derechos de los menores deben situarse por encima de los requisitos urbanísticos, especialmente cuando se trata de servicios públicos de acogida promovidos por las administraciones competentes.
A pesar de este precedente jurídico contundente, el Ayuntamiento ha optado ahora por ordenar el cierre del Creade en base a una interpretación restrictiva del planeamiento urbanístico: considera que el uso hotelero para el que el inmueble tiene licencia es incompatible con la estancia prolongada de los solicitantes de asilo allí alojados. No obstante, ni siquiera se ha acreditado que tal uso contradiga el fin para el que se utiliza el edificio, que no difiere sustancialmente del residencial comunitario contemplado como legal en el caso de los menores.
La operación de cierre coincide, además, con el contexto político del posible traslado de menores migrantes no acompañados desde Canarias, tras una resolución del Tribunal Supremo que ordena al Gobierno su redistribución en distintos puntos del país. Aunque el Gobierno central aún no ha confirmado si el Creade de Pozuelo acogerá a alguno de estos menores, la alcaldesa popular ha anticipado su rechazo basándose en una supuesta falta de idoneidad del centro y apelando a un discurso de “efecto llamada” que entronca con la línea ideológica del PP nacional y regional.
“El cierre del Creade tiene poco que ver con criterios técnicos y mucho con una estrategia política coordinada para alimentar la confrontación con el Gobierno a cuenta de la política migratoria”, apuntan fuentes del Ministerio de Inclusión. El delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín, ha calificado la actuación como “racismo preventivo”.
El caso de Pozuelo no es aislado. También en Alcalá de Henares, otro Ayuntamiento del PP ha iniciado un pulso contra el centro de acogida que opera allí. En ambos casos, las administraciones locales esgrimen razones urbanísticas o de orden público que, sin embargo, no se han planteado con la misma vehemencia ante otros usos intensivos del suelo municipal o ante situaciones similares que no involucran a población migrante.
El comportamiento del Ayuntamiento de Pozuelo resulta especialmente contradictorio si se tiene en cuenta que el propio TSJM determinó que no es necesario un cambio de uso urbanístico cuando se trata de pisos o centros que cumplen funciones de acogida, protección o atención social. En su fallo de 2021, el tribunal desmontó una a una las objeciones del consistorio, subrayando que una residencia de menores tutelados encaja plenamente en la categoría de “residencia comunitaria”, una de las subcategorías del uso residencial reconocidas en el plan general de ordenación urbana del municipio.
Además, la sentencia dejó claro que el hecho de que la Fundación SAMU recibiera una remuneración por su gestión no convertía su actividad en una explotación empresarial sujeta a otras licencias, sino que seguía siendo un servicio público contratado por la Comunidad de Madrid. Lo mismo podría aplicarse ahora al Creade, cuya gestión está directamente vinculada al Ministerio y responde a una emergencia humanitaria.
El Ayuntamiento de Pozuelo, lejos de acatar este criterio consolidado por la justicia, parece reincidir en el mismo tipo de actuaciones, posiblemente con la intención de ganar protagonismo político o evitar enfrentarse a una parte del electorado reacia a la acogida de personas migrantes.
La historia demuestra que los tribunales ya han hablado alto y claro: cuando están en juego los derechos fundamentales de personas vulnerables —como menores no acompañados o solicitantes de asilo—, las normas urbanísticas no pueden convertirse en un arma arrojadiza ni en una excusa para el cierre de recursos esenciales. La protección social no es una cuestión de licencias, sino de derechos.