El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, que preside Isabel Díaz Ayuso, ha aprobado este martes el pago de una de indemnización de más de 3 millones de euros a una empresa sanitaria por el impago de facturas durante la pandemia de Covid-19. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) obligó al Ejecutivo regional a abonar esta cantidad, a la sociedad Care Quality Service Health, S.L. (CQS), a raíz de su denuncia por un contrato no abonado para la compra de material sanitario para el hospital de IFEMA, habilitado por el Gobierno autonómico durante el estado de alarma.

Según la nota de prensa que resume los acuerdos adoptados por el Consejo de Gobierno, la Consejería de Sanidad, que dirige Fátima Matute, ha aprobado un gasto de 3.108.264,29 euros para cumplir la sentencia 994/2025 del TSJM. La Justicia estimó parte del recurso de la empresa en su litigio contra el Servicio Madrileño de Salud (SERMAS), en el que denunciaban que no se les había pagado por los contratos para la compra de mascarillas y trajes de protección destinados al hospital de campaña en el pabellón 10 del recinto ferial madrileño.

La licitación se tramitó por la vía de urgencia en marzo de 2020, en lo peor de la pandemia. La Administración regional terminó pagando por ese material a otra empresa, Creepy Investments S.L., por lo que rechazó las facturas emitidas por CQS. La compañía recurrió la licitación, reclamando los 2.878.480 euros de las facturas, además de otros 288.286,38 por intereses de demora y 1,3 millones más por daños y perjuicios.

Pero el Consejo de Gobierno se negó a pagarlo, por lo que el asunto terminó en los tribunales. El TSJM resolvió la semana pasada a favor de la empresa, declarando la actuación no conforme a Derecho, y obligando a la Comunidad de Madrid a pagar parte de los que reclamaba CQS. Concretamente, el importe que reclamaban por las facturas y 229.784,29 euros de indemnización, superando el total los 3 millones de euros.

El Gobierno de Ayuso firmó el pedido "sin cumplir con las mínimas formalidades exigidas"

Los jueces resolvieron que el Gobierno de la Comunidad de Madrid "procedió a realizar el encargo sin cumplir con las mínimas formalidades exigidas por la normativa presupuestaria ―lo cual no es en modo alguno imputable a la contratista, que no tiene por qué solicitar tales documentos administrativos, es más, solicitó expresamente al menos el documento de retención de crédito para obtener la financiación― ni por la legislación de emergencia ―nuevamente no imputable a la contratista―", según figura en la sentencia.

El 24 de marzo de 2020, la Administración regional envió un correo electrónico a CQS, informando "de que ya está todo pasado a los compañeros de contratación y entre esta tarde y mañana podrán enviarle el pedido oficial y la copia de la retención de crédito, y finalmente se remite". Un día después, se firmó el pedido de equipos de protección individual para el pabellón 10 de IFEMA. La Secretaría General de Contratación de la Dirección General de Gestión Económico-Financiera y del SERMAS y la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria firmaron por la vía de urgencia pagar 5.664.590,80 euros a la empresa adjudicataria, siempre según la versión de la demanda que recoge El País.

"La apariencia, pues, de legalidad de la contratación era plena, y la confianza en la regularidad de la contratación de emergencia también plenamente legítima", apunta la sentencia. Sin embargo, el pedido quedó bloqueado de camino a España, a lo que la Comunidad no atendió a las quejas de la compañía. "La responsabilidad de la CAM se acrecienta al conocer todos los informes de evolución del pedido de la contratista, así como todas sus quejas y reclamaciones sobre el bloqueo de la mercancía en Shanghai y dar la callada por respuesta, consintiendo así que la contratista continuase ejecutando el contrato a su vista, ciencia y paciencia", explican.

El contrato terminó por quedar nulo, que es el motivo esgrimido por la Comunidad de Madrid para justificar su impago. Los jueces no dan validez a ese argumento: "Procede reconocer la indemnización por el daño sufrido, y ello al margen de las normas contractuales sobre asunción de gastos necesarios para el cumplimiento de obligaciones, puesto que no estamos en ese escenario (contrato válido), sino en el de indemnización de daños y perjuicios de un contrato nulo", dice la sentencia.

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