La protección de los alumnos se ha convertido en una de las diferencias más importantes entre los tiempos escolares actuales y los pasados. Hoy se ha conocido una sentencia que, con seguridad, va a provocar cierta controversia entre quienes podrían incluirse en el primer grupo y aquellos cuya formación se cimentó en la EGB.

El titular ya lo dice todo: un cura, multado por agarrar del cuello a un alumno. La explicación es un poco más amplia y aparece en la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción número 4 de Vigo. El condenado es un cura profesor de religión y tendrá que pagar una multa de 90 euros por agarrar a un menor de nueve años del cuello. Esta acción, tal y como aclara el fallo, la utilizó el ahora condenado para separar al menor de otra alumna con la que se estaba peleando.

El magistrado considera al cura autor de un delito de lesiones leves y ello a pesar de que, a la hora de dictar sentencia, ha tenido en cuenta la eximente incompleta de cumplimiento del deber. Cabe subrayar que, además de lo anterior, el juez también ha condenado al profesor a abonar 150 euros a los padres del menor.

Tal y como señala en su escrito, considera probado que el pasado 21 de mayo, cuando el alumnado que asistía a catequesis estaba a su cargo, se produjo un incidente entre el menor de 9 años y otra estudiante de la misma edad. El cura, para evitar que esa pelea fuese a más, según consta en la sentencia, “cogió al niño con una de sus manos del cuello, trasladándolo luego hasta secretaría, donde el menor estuvo un rato, hasta que luego regresó a clase de catequesis”.

A causa de esa manera de separar al niño, este tuvo que ser asistido en un centro médico debido a las lesiones que presentaba en la región la cervical derecha.

“Las fotografías aportadas evidencian una clara desproporción en el agarre del menor para solucionar el conflicto”, resalta el juez, quien también indica que esa desproporción “se advierte doble”, pues, por un lado, entiende que era posible actuar “de otro modo, como agarrarlo de la ropa o de un brazo, o de los hombros”. Y, por otro, el magistrado asegura que al dejar impresos sus dedos en el cuello “se deja a las claras que hubo una excesiva intensidad o fuerza en la comprensión (innecesaria en todo caso)”. El juez concluye que siendo “loable” la intervención del sacerdote para atajar el conflicto, el medio utilizado no fue proporcionado.