La sección tercera de la Audiencia Provincial de A Coruña ha declarado que el pazo de Meirás y las fincas incluidas en el recinto son propiedad del Estado, tal como lo había estimado el Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña el pasado mes de septiembre. De esta forma, la Audiencia coruñesa responde al recurso de apelación de la familia Franco, y también condena a los herederos del dictador a desalojar esas propiedades.

El tribunal sostiene que el inmueble nunca estuvo inscrito a nombre de Francisco Franco​ porque la donación realizada en 1938 en un pergamino no era un título hábil para reconocer la transmisión. Aunque se condena a la familia a desalojar el recinto, sí se les reconoce el derecho a ser resarcidos en los gastos en los que incurrieron desde 1975 para mantener su conservación.

También se ha declarado nula la escritura de compraventa de 1941 por la que supuestamente le vendieron a Franco el inmueble, al ser considerada como “simulación absoluta”. Además de considerar “ineficaz” la partición de la herencia del dictador correspondiente a las fincas de Meirás.

Los magistrados reconocen a los apelantes el derecho a ser resarcidos en los gastos necesarios que se realizaron para conservar el lugar, ya que consideran acreditado que realizaron “múltiples obras de rehabilitación y mantenimiento” y que después el incendio de 1978 también se ejecutaron “múltiples reparaciones”.

“Sin mala fe”

Mientras la magistrada de primera instancia entendió que no cabía la restitución de los gastos en los que podría haber incurrido la familia durante el tiempo que fue titular del inmueble porque la propiedad fue incorporada al patrimonio de los Franco “de mala fe”, los magistrados de la Audiencia Provincial consideran que no hay pruebas de que fuesen conscientes de que el título de la propiedad de su abuelo fuese inválido, razón por la que “no se atisba la razón por la que debieran ser conscientes de una supuesta irregularidad en su adquisición”.