La sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) considera "no ajustado a derecho" el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) promovido el pasado verano por el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera (Cádiz) que motivó el despido de 260 trabajadores. Según la sentencia, el Ayuntamiento deberá optar ahora entre readmitir a los trabajadores despedidos, con el abono de los salarios dejados de percibir, o incrementar el importe de las indemnizaciones, ya que los ceses se consideran "improcedentes".

El Ayuntamiento actuó de manera arbitraria
Esto supone que el Consistorio debería abonar una indemnización de 45 días por año trabajado hasta el 12 de febrero de 2012 y de 33 a partir de esa fecha, hasta un tope de 42 mensualidades. La sentencia considera acreditado que el Ayuntamiento actuó de manera "arbitraria" a la hora de seleccionar al personal que debía ser incluido en el ERE, lo que "adquiere una mayor gravedad" dada su condición de Administración pública.

No tuvieron en cuenta criterios
Las valoraciones del personal se realizaron "sin pedir el correspondiente currículum" a los trabajadores, "sin valorar" el tiempo de prestación de servicios o su formación específica para el puesto que ocupaban.  La sentencia advierte de que esos despidos se realizaron en base a juicios "subjetivos" de los técnicos y delegados y con una valoración personal "subjetiva y arbitraria carente de la aplicación de cualquier parámetro objetivo".  Se considera probado que no se tuvieron en cuenta criterios como la "competencia técnica, la formación, la experiencia o la polivalencia" de los afectados, de tal modo que el Ayuntamiento "no negoció de buena fe" con la representación sindical al facilitarle una lista nominal "sin aplicar los criterios de selección" contemplados en la propia memoria del expediente.

Tras estudiar la sentencia, el Gobierno local entiende que el auto confirma también "la existencia de causas económicas" justificativas del expediente, así como "el cumplimiento de la tramitación del periodo de consultas y de negociación, la aportación de la documentación y el respeto a los derechos fundamentales de los trabajadores".



Criterio de evaluación continua
De los 260 trabajadores incluidos en el ERE, 125 lo fueron por haber alcanzado los 59 años, un criterio que el auto no pone en entredicho.Los otros 135 afectados fueron seleccionados en base a otros criterios, por delegaciones, categorías profesionales y competencia. El auto recuerda en este último punto que el Consistorio aplicó un criterio de "evaluación continua" que, en la práctica, abría la puerta a la inclusión en el expediente de cualquier trabajador. Las valoraciones del personal se realizaron "sin pedir el correspondiente currículum" a los trabajadores, "sin valorar" el tiempo de prestación de servicios o su formación específica para el puesto que ocupaban.
El Ayuntamiento quiere solicitar una "aclaración"
El Gobierno local entiende por tanto que es a estos últimos trabajadores a quienes correspondería readmitir o, en su defecto, indemnizar con 45 días por año trabajado al considerarse sus despidos improcedentes. Por este motivo, el Ayuntamiento va a solicitar al tribunal una "aclaración" sobre el alcance real de la sentencia, para de este modo determinar "a qué trabajadores deben aplicarse" las medidas que contempla el auto. El Ejecutivo adoptará las "decisiones oportunas" una vez que el TSJA aclare esta cuestión, pero siempre partiendo de la base de que "el camino iniciado va a seguir su curso" porque "los jerezanos no se pueden permitir un gasto de estas dimensiones" en el capítulo de personal.
 
 
 
El importe que el Consistorio debería abonar a los afectados
En el supuesto de que sólo debieran de incrementarse las indemnizaciones a los 135 afectados que fueron despedidos en base al criterio de edad, el importe que el Consistorio debería abonar a los afectados sería "significativamente menor" a los 5,3 millones de euros que pagó en su momento al conjunto de trabajadores incluidos en el ERE.