En España más de un millón de personas cobran una pensión de incapacidad permanente, pero la vía administrativa deniega una parte muy elevada de las solicitudes iniciales. Cada año, decenas de miles de trabajadores acaban en los juzgados de lo social, donde alrededor de la mitad de las sentencias en materia de Seguridad Social terminan dándoles la razón.

España tiene más de un millón de personas percibiendo una pensión de incapacidad permanente, una cifra que no ha dejado de crecer. A 30 de junio de 2025 la Seguridad Social gestionaba más de un millón de estas pensiones, frente a las 951.067 de 2022, con una pensión media que supera los 1.200 euros mensuales. La incapacidad permanente es la prestación que reconoce la Seguridad Social a quien, por una enfermedad o lesión, ve mermada de forma definitiva su capacidad de trabajo. Se reconoce en cuatro grados —parcial, total, absoluta y gran invalidez— y su importe depende de la base reguladora del trabajador y del grado concedido.

Detrás de estas cifras hay un procedimiento largo y con un elevado grado de conflictividad. La ruta habitual arranca con la solicitud ante el INSS y la valoración por el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI), el tribunal médico. El organismo tiene 135 días hábiles para resolver, pero la saturación de los equipos médicos y el aumento de solicitudes alargan los plazos reales. Si la resolución es denegatoria o reconoce un grado inferior al pretendido, el trabajador tiene 30 días hábiles para presentar una reclamación previa; el INSS dispone de 45 días para contestar, y su silencio equivale a una denegación. Solo después puede interponerse demanda ante el juzgado de lo social.

Casi uno de cada dos pleitos acaba dando la razón al trabajador

Este cuello de botella se refleja en las estadísticas judiciales. Según la Estadística de Asuntos Judiciales Sociales, elaborada por el Ministerio de Trabajo en colaboración con el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el total de asuntos resueltos en la jurisdicción social pasó de 340.837 en 2023 a 410.239 en 2024. En el ámbito concreto de la Seguridad Social, se resolvieron 111.953 asuntos en 2024, un 20,8% más que el año anterior, y la inmensa mayoría —104.901— fueron pleitos sobre prestaciones.
El dato más revelador para quien duda si merece la pena litigar: de las 71.943 resoluciones dictadas por sentencia en materia de Seguridad Social en 2024, 29.440 fueron favorables al trabajador y 4.010 parcialmente favorables —33.450 en total, el 46,5%—. Es decir, prácticamente uno de cada dos pleitos que llega a sentencia acaba reconociendo, total o parcialmente, la pretensión del demandante. En vía judicial, además, el juez puede ordenar un peritaje médico independiente y no está vinculado por el dictamen del EVI, lo que abre la puerta a revertir la decisión administrativa.

La salud mental y una reforma legal que cambia las reglas

A este panorama se suma un fenómeno social de primera magnitud: el auge de la salud mental como causa de baja. Según el informe Salud Mental y Trabajo 2025 de UGT, en 2024 se registraron 671.618 situaciones de incapacidad temporal por trastornos mentales y del comportamiento, un 136% más que las 283.999 contabilizadas en 2016. Son bajas más largas y con mayor probabilidad de derivar en solicitudes de incapacidad permanente, un terreno especialmente complejo de acreditar ante el tribunal médico.
El marco legal también ha cambiado. La Ley 2/2025, de 29 de abril, en vigor desde el 1 de mayo de 2025, eliminó la extinción automática del contrato tras la declaración de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, y obliga a las empresas a valorar la adaptación del puesto o la recolocación antes de poder despedir. La norma, inspirada en la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 18 de enero de 2024, afecta según las estimaciones difundidas al aprobarse a cerca de 20.000 personas que cada año obtienen este reconocimiento.

El papel de los despachos especializados

En ese contexto de complejidad administrativa, plazos dilatados y alta judicialización, muchos ciudadanos recurren a despachos especializados en derecho de la Seguridad Social. Entre las firmas que operan en este nicho figura Grupo Novalegal, un despacho centrado exclusivamente en procedimientos de incapacidad permanente y reclamaciones en materia de Seguridad Social, con oficinas en Barcelona y Madrid y dirigido por el abogado Roberto Toro Pujol, colegiado del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona. Según la propia firma, su actividad se orienta a acompañar al cliente desde la fase administrativa hasta la judicial, estudiando cada caso a partir de la situación médica, laboral y personal.

El valor de esta especialización, coinciden los profesionales del sector, reside en la preparación del expediente médico y de la prueba pericial, que suele inclinar la balanza ante el juez cuando el INSS ha denegado la prestación. Los datos oficiales avalan esa vía: no conformarse con la primera denegación y reforzar el expediente médico desde el inicio son, a la luz de las estadísticas judiciales, decisiones que pueden marcar la diferencia entre cobrar o no una pensión vitalicia.

Fuentes:

Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (nota de prensa, 27 de junio de 2025); Estadística de Asuntos Judiciales Sociales, Ministerio de Trabajo y Economía Social / CGPJ (2024); Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS); informe Salud Mental y Trabajo 2025 (UGT); Ley 2/2025, de 29 de abril (BOE); Real Decreto 1300/1995.

--

Contenido patrocinado

Añadir ElPlural.com como fuente preferida de Google.

Mantente informado con las últimas noticias de actualidad.

Activar ahora