Antes de que Santos Cerdán declare como imputado en el Tribunal Supremo tras el demoledor informe de la UCO, su defensa pedía al magistrado que instruye el 'caso Koldo', Leopoldo Puente, que habilitara "los medios técnicos necesarios para que los medios de comunicación y/o el público en general puedan seguirla en directo". Sin embargo, el juez denegaba esta petición al considerar que es "inconciliable" con el carácter reservado de la fase de instrucción. Otro magistrado, Joaquim Bosch, ha explicado más detalladamente por qué esta declaración no puede retransmitirse en directo.

El juez visitaba el plató de La Roca, donde Nuria Roca y sus colaboradores analizaban la declaración del exsecretario de Organización del PSOE de este lunes ante el Tribunal Supremo. "Él continúa negándolo todo. Evidentemente, aquí alguen miente. Está claro con todas la pruebas que hay sobre la mesa. Vamos a empezar por esa declaración que va a hacer en el Supremo Santos Cerdán, que había pedido que fuera retransmitida. ¿Por qué la ha rechazado el juez?", le preguntaba la presentadora.

"Yo puedo entender el fundamento de esa petición desde la perspectiva de la defensa", arrancaba el magistrado. Bosch explicaba entonces cuál habría sido el planteamiento de la defensa de Cerdán a la hora de hacer esta petición: "Ellos plantean: como seguro que esto va a acabar siendo filtrado, como pasa desgraciadamente en todas las causas judiciales de este país, y me puede perjudicar que se haga como se hace a menudo de manera tendenciosa o tergiversada, si se retransmite, al menos saldrá lo que se ha declarado de verdad".

"Lo que ocurre es que no es admisible jurídicamente, como ha explicado el magistrado instructor, porque la ley de enjuiciamiento criminal indica que, en la fase de instrucción, todas las actuaciones tienen carácter reservado. Solo es público, digamos, el acto del juicio y algunas diligencias específicamente previstas por la ley, pero no puede ser pública esta declaración y por eso no se puede retransmitir", proseguía Joaquim Bosch.

"¿Puede ser que se haya pedido esa retransmisión sabiendo que se iba a rechazar?", preguntaba Roca. "Es previsible que un abogado de mucho nivel jurídico, un gran profesional, probablemente intuya que iba a ser desestimado", concluía el magistrado.

Así rechazó el Supremo la petición de Cerdán

En su petición, la defensa de Cerdán alegó que "hay que tener en cuenta que, en el presente procedimiento, se investiga un posible caso de corrupción que afectaría a un ex ministro todavía miembro de las Cortes Generales y a otro exdiputado que ha ostentado la Secretaría de Organización del partido político que se encuentra en el Gobierno", en alusión al ex ministro de Transportes José Luis Ábalos y a él mismo. "El interés público del presente procedimiento resulta a todas luces indiscutible", afirmó.

No obstante, Leopoldo Puente, instructor de la trama Koldo en el Tribunal Supremo, rechazaba la petición al considerar que es "inconciliable" con el carácter reservado de la fase de instrucción. El magistrado señala que es claro, "y así viene la propia parte a dejarlo sentado", que la petición es "inconciliable" con el artículo 301 de la Ley de Enjuiciamiento criminal, que establece que las diligencias del sumario son reservadas y no tienen carácter público hasta que se abre juicio oral.

El instructor se muestra consciente de que las tres primeras declaraciones prestadas en el alto tribunal por el 'caso Koldo' se filtraron a la prensa pero recuerda también que, para corregir esta "seria disfunción", se acordó que las grabaciones en vídeo no se entregaran a las partes, sino que acudieran a consultarlas al propio tribunal. Desde entonces, "ninguna de las ya numerosas declaraciones posteriores ha trascendido, por lo que a su grabación audiovisual respecta, extramuros del procedimiento", destaca.

Además, Puente lamenta que "no se dispone legalmente de mecanismos efectivos para impedir que dichas filtraciones se produzcan y, producidas, para proceder con éxito a su persecución", lo cual -apunta- "es un buen motivo de reflexión para el legislador".

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