Tribunales

Vox pide al Tribunal Supremo que impida también votar a los descendientes de exiliados

El partido de Santiago Abascal solicita que el próximo 29 de noviembre no pueda depositar papeleta ningún español que adquiriera la nacionalidad al amparo de la ‘ley de nietos’

R.R.
La portavoz de Vox en el Congreso de los Diputados, Pepa Millán. EP
La portavoz de Vox en el Congreso de los Diputados, Pepa Millán. EP

Vox extiende su ofensiva contra la denominada ley de nietos y pide ahora que tampoco puedan votar las personas descendientes de exiliados. El partido de Santiago Abascal ha elevado esta solicitud al Tribunal Supremo en los casos en los que la Junta Electoral Central (JEC) no acredite la circunstancia y sean los propios afectados quienes de manera individual tengan que reclamar ser incluidos en el censo.

Se trata de una decisión importante pues, en caso de que la Justicia dé luz verde a la petición, se ampliarían las restricciones que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo aprobó en un auto de medidas cautelares. En él se ordenaba la suspensión de la inscripción en el censo electoral de residentes ausentes (CERA) de quienes adquirieron la nacionalidad española al amparo de la denominada normativa.

Aquella decisión de la Justicia también resultaba en la suspensión de los “derechos electorales” de las personas ya inscritas. Sin embargo, quedaban excluidos quienes los responsables de los registros consulares acreditasen que son descendientes de españoles exiliados por razones de índole político, ideológico o de orientación o identidad sexual.

La idea era establecer una distinción entre aquellos que eran descendientes de exiliados y aquellos que obtuvieron la nacionalidad al amparo de una instrucción que presumía dicha condición a los españoles que dejaron el país entre 1936, con el estallido de la Guerra Civil, y diciembre de 1955, en plena dictadura, cuya nacionalidad española está cuestionada.

La solicitud de la formación de ultraderecha pasa porque “si la Junta Electoral Central no garantizase el cumplimiento del auto en sus estrictos términos”, el Supremo “modifique de forma urgente” su auto y ordene “la suspensión de los efectos electorales de cualquier inscripción en el CERA” al amparo de la disposición adicional citada. Ello, sin perjuicio “del derecho de todo interesado a reclamar su inclusión individual en el CERA, acreditando la debida inscripción mediante la aportación de la prueba individualizada del exilio”.  Dicho de otro modo, que se excluya a todos ellos y se traslade a los afectados la carga de la prueba para pedir a título individual su derecho a voto; lo contrario a que la tarea de ésta recaiga en los consulados, como estimó la Justicia.

La portavoz de Vox en el Congreso, Pepa Millán, ha señalado este martes que la JEC es quien debe decidir si los inscritos en el CERA están afectados o no por la suspensión del derecho a voto ordenado por el Alto Tribunal. No obstante, las siglas que capitanea Abascal han pedido la “certificación de la efectiva suspensión de los derechos electorales de forma fehaciente a lo indicados por el auto del Supremo y, en su defecto, a todos los inscritos en el CERA por mor de la disposición adicional octava -de la Ley de Memoria Democrática- que podrán, individualmente, ejercer sus derechos de rectificación del censo en los términos previstos” en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General.

El auto del Supremo que hace cosa de un mes provocó la crítica de la izquierda destaca que entre julio del año en el que se celebraron las últimas elecciones generales (2023) y julio de 2026, los inscritos en el CERA eran de 408.262 electores más, lo que supone un 15%, siendo las ciudades en las que más habían aumentado las inscripciones Madrid y Barcelona, con 115.572 personas más y 43.439, respectivamente.

Añadir ElPlural.com como fuente preferida de Google.

Mantente informado con las últimas noticias de actualidad.

Activar ahora