El Tribunal Supremo ha decidido suspender provisionalmente el procedimiento penal contra el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, y la fiscal jefa provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, investigados por presunta revelación de secretos en perjuicio de Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso. La decisión, adoptada este lunes por el magistrado instructor Ángel Hurtado, responde a "razones de prudencia" y supone posponer la apertura del juicio oral hasta que la Sala de Apelación resuelva los recursos presentados por las defensas y por la propia Fiscalía, que cuestionan los indicios esgrimidos para procesarlos.

El origen de la causa se remonta al pasado 9 de junio, cuando Hurtado dictó un auto de procedimiento abreviado —equivalente al procesamiento— al considerar que existían indicios suficientes para juzgar a García Ortiz como presunto autor y a Rodríguez como cooperadora necesaria de la difusión de un correo electrónico enviado el 2 de febrero de 2024 por la defensa de González Amador, en el que éste ofrecía reconocer delitos fiscales a cambio de un pacto con Fiscalía. El juez apuntó que ese correo contenía información sensible y confidencial, susceptible de reserva penal.

Las sospechas se centran en que García Ortiz transmitió ese contenido a la Cadena SER la noche del 13 de marzo de 2024, con la intención de “ganar el relato”, es decir, adelantarse a las versiones de la defensa y reforzar la postura de la Fiscalía sobre el origen de la oferta de pacto. Según Hurtado, esa maniobra se habría realizado incluso “a raíz de indicaciones recibidas de Presidencia del Gobierno”.

Sin embargo, las defensas han reaccionado recurriendo esa resolución. La jefa de la Fiscalía de Madrid, Pilar Rodríguez, presentó un recurso alegando “absoluta falta de indicios” y criticando que Hurtado omitiera diligencias con carácter exculpatorio, además de poner en duda su implicación en la difusión del correo o de la nota informativa. García Ortiz, por su parte, ha instado al archivo del caso, alegando que no existen pruebas objetivas y que la información ya era de dominio público antes de que él la conociera. Su defensa sostiene que la filtración pudo proceder del entorno de Amador o de personas del entorno de la presidenta Díaz Ayuso.

El magistrado Hurtado, tras cerrar la instrucción el 9 de junio, se encontraba a la espera de dictar el auto de apertura de juicio oral. No obstante, atendiendo a la petición de Rodríguez, decidió suspender ese paso, a pesar de que la ley no recoge expresamente este tipo de paralización, basándose en el principio de prudencia para evitar avanzar en un proceso que pudiera ser invalidado por la eventual resolución favorable de los recursos.

Con esta decisión, la pelota queda en el tejado de la Sala de Apelación del Supremo. Este órgano debe resolver si ratifica el procesamiento —lo que conduciría a la apertura del juicio oral— o si lo revoca, lo que podría implicar el archivo de la causa o la orden de practicar nuevas diligencias de investigación.

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