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Tribunales

El Tribunal de Cuentas aplica la amnistía a Puigdemont y otros 34 excargos del 'procés'

La resolución extingue las posibles responsabilidades contables del 1-O y la acción exterior de la Generalitat, y ordena levantar las garantías de más de 4,2 millones de euros tras el aval europeo

Jorge Castaño, redactor de ElPlural

La resolución extingue las posibles responsabilidades contables del 1-O y la acción exterior de la Generalitat, y ordena levantar las garantías de más de 4,2 millones de euros tras el aval europeo

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El Tribunal de Cuentas ha puesto fin al procedimiento contable contra 35 antiguos responsables de la Generalitat de Catalunya por los gastos vinculados al referéndum independentista del 1 de octubre de 2017 y a la proyección internacional del procés. La consejera Elena Hernáez ha aplicado la ley de amnistía a los encausados, entre los que figuran los expresidentes Carles Puigdemont y Artur Mas, el exvicepresidente Oriol Junqueras y los exconsellers Raül Romeva, Toni Comín, Lluís Puig, Jordi Turull y Dolors Bassa.

La resolución, de 60 folios, declara extinguidas las posibles responsabilidades contables derivadas de los hechos examinados y deja sin efecto las medidas cautelares impuestas durante la instrucción. Como consecuencia, se cancelan las garantías constituidas por el Institut Català de Finances, que ascendían a 4.283.438,23 euros. La decisión evita que los antiguos cargos tengan que afrontar una eventual condena en esta jurisdicción, aunque no equivale a una absolución penal ni resuelve por sí misma las causas que permanecen abiertas en otros tribunales.

El aval europeo despeja el principal obstáculo

La decisión llega después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) respaldara, el pasado 16 de julio, la compatibilidad de la amnistía con el Derecho comunitario en relación con los gastos investigados. Luxemburgo descartó que la aplicación de la norma vulnerase la protección de los intereses financieros de la Unión en las circunstancias examinadas, despejando así el principal interrogante jurídico planteado por el órgano fiscalizador. 

La cuestión resultaba determinante para el procedimiento. Hernáez había elevado una cuestión prejudicial a la justicia europea después de que entrara en vigor la ley en junio de 2024, al considerar necesario aclarar si los desembolsos asociados al procés podían comprometer recursos o intereses financieros comunitarios. Si existía esa afectación, la aplicación de la amnistía podía entrar en conflicto con las obligaciones europeas de protección del presupuesto de la UE.

El TJUE concluyó que no concurría ese impedimento en el supuesto analizado. Su pronunciamiento no supone una validación indiscriminada de cualquier aplicación de la ley, sino una respuesta jurídica a las dudas concretas planteadas por los tribunales nacionales. 

Una causa prolongada durante más de dos años

Pese al fallo europeo, el Tribunal de Cuentas no cerró inmediatamente el expediente. En julio abrió un plazo para que las partes presentaran alegaciones y documentación sobre la procedencia de los fondos empleados. Posteriormente, volvió a recabar posiciones antes de resolver definitivamente la causa, una tramitación que prolongó durante semanas la incertidumbre sobre la aplicación efectiva de la amnistía.

La Fiscalía había respaldado finalmente que se aplicara la norma, aunque durante el procedimiento había reclamado la devolución de aproximadamente 3,1 millones de euros por los desembolsos considerados indebidos. La investigación contable examinaba, entre otros extremos, el uso de dinero público para organizar el referéndum y financiar actividades de promoción exterior a través de estructuras vinculadas a la Generalitat, incluido Diplocat.

En el caso del 1-O, uno de los bloques de gastos analizados ascendía a 883.695 euros. La cantidad finalmente garantizada fue superior a la reclamación fiscal citada, al comprender las responsabilidades provisionales y las medidas cautelares acordadas durante el proceso.

El frente del Tribunal Supremo continúa abierto

El archivo de la causa contable no despeja toda la situación judicial de los dirigentes independentistas. Puigdemont y Junqueras siguen pendientes de la aplicación de la medida de gracia en el procedimiento penal del procés que tramita el Tribunal Supremo, donde la controversia se ha centrado en la interpretación de la malversación y en si los hechos pueden acogerse al perdón legal.

El Supremo había rechazado inicialmente amnistiar este delito a los principales dirigentes al considerar que concurrían circunstancias incompatibles con la aplicación de la norma. Sin embargo, el Tribunal Constitucional dictaminó recientemente que la interpretación restrictiva adoptada por el alto tribunal debía corregirse, lo que ha obligado a reabrir el examen de la cuestión.

La resolución del Tribunal de Cuentas representa, por tanto, un avance decisivo para los 35 encausados en el ámbito de la responsabilidad contable, aunque  no clausura el conjunto de los litigios relacionados con el procés. 

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