Añadir ElPlural.com como fuente preferida de Google.
Mantente informado con las últimas noticias de actualidad.
El Tribunal Constitucional ha dado este martes un paso decisivo para cerrar uno de los principales frentes que todavía mantenía incompleta la aplicación de la ley de amnistía. El pleno ha avalado por mayoría que el delito de malversación vinculado a la organización del referéndum del 1 de octubre de 2017 quede incluido dentro de la norma y ha estimado el recurso de amparo presentado por la exconsellera de ERC Dolors Bassa.
La resolución, elaborada por el presidente del tribunal, Cándido Conde-Pumpido, cuestiona directamente la interpretación utilizada hasta ahora por el Tribunal Supremo para excluir la malversación de la amnistía. El Constitucional sostiene que aquella lectura fue “extensiva, contraria al espíritu y finalidad de la norma” y vulneró el derecho de Bassa a la tutela judicial efectiva.
La decisión obliga ahora al Supremo a dictar una nueva resolución conforme a la doctrina fijada por el tribunal de garantías. En el caso de Bassa, el efecto práctico será la desaparición de la condena de inhabilitación que todavía pesaba sobre ella hasta 2030 por el delito de malversación.
La importancia de la sentencia, sin embargo, va bastante más allá de la situación personal de la exconsellera. El criterio fijado por el Constitucional es aplicable a los demás dirigentes independentistas afectados por la misma interpretación del Supremo, entre ellos Oriol Junqueras, Jordi Turull y Raül Romeva, así como a Carles Puigdemont, Toni Comín y Lluís Puig, procesados por malversación pero no juzgados al encontrarse fuera de España.
El Constitucional corrige la interpretación del Supremo
El origen del conflicto se remonta a julio de 2024, cuando la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo decidió no aplicar la amnistía a los delitos de malversación relacionados con el procés. Los magistrados entendieron entonces que el uso de fondos públicos para organizar el referéndum había supuesto un beneficio personal para sus responsables en forma de ahorro de gastos, una interpretación que situaba esos hechos dentro de las exclusiones previstas por la propia ley.
El Constitucional rechaza ahora ese razonamiento. La ponencia de Conde-Pumpido considera que el Supremo redujo de forma excesiva el ámbito de aplicación de la norma y terminó dejando fuera precisamente conductas que el legislador había querido incluir en la amnistía. Antes de la votación de este martes, el presidente del TC ya había sostenido que la interpretación del Supremo provocaba una “drástica contracción” del alcance de la ley y se alejaba de su finalidad declarada. EFE recogió el contenido de la ponencia de Conde-Pumpido y sus críticas al criterio del Supremo.
El tribunal entiende que la ley diferencia entre una malversación destinada a financiar las actuaciones relacionadas con el procés y una utilización del dinero público dirigida al enriquecimiento patrimonial personal. Equiparar ambas situaciones, según la mayoría del Constitucional, vaciaría de contenido una parte sustancial de la norma.
La disputa también alcanzaba a una segunda excepción invocada por el Supremo: la posible afectación de los intereses financieros de la Unión Europea. Ese argumento perdió buena parte de su recorrido después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea avalase el pasado julio la compatibilidad de la ley de amnistía con el derecho comunitario y recordase que este tipo de medidas forman parte, con determinados límites, de las decisiones políticas que pueden adoptar los Estados miembros.
Un efecto que va mucho más allá de Bassa
Aunque la sentencia resuelve formalmente el recurso presentado por Dolors Bassa, su alcance tiene consecuencias para todos los dirigentes del procés a los que el Supremo negó la aplicación de la ley por malversación.
En el caso de los ya condenados, la nueva doctrina afecta directamente a Oriol Junqueras, Jordi Turull y Raül Romeva, que todavía mantenían penas de inhabilitación vinculadas a ese delito. El propio Constitucional llevaba semanas preparando una doctrina común para estos casos y había abordado previamente el recurso de Turull, cuya resolución apuntaba ya en la misma dirección.
El fallo tiene todavía más relevancia para la situación de Carles Puigdemont. El expresident no fue juzgado por el Tribunal Supremo al abandonar España en 2017, pero continúa procesado por malversación y mantiene vigente una orden nacional de detención dictada por el magistrado instructor Pablo Llarena.
La previsión es que, una vez que la sentencia del Constitucional sea notificada y publicada, Llarena revise la situación de Puigdemont y de los exconsellers Toni Comín y Lluís Puig, a los que afecta la misma interpretación de la malversación. El Supremo ya había asumido internamente que, si el criterio del Constitucional era extrapolable a todos los casos, tendría que levantar las órdenes de detención y aplicar la amnistía. El País adelantó en septiembre que el Supremo preveía retirar la orden contra Puigdemont tras recibir el pronunciamiento definitivo del TC.
El Constitucional había rechazado en enero suspender cautelarmente esa orden de detención mientras resolvía el recurso de Puigdemont, por lo que la situación del líder de Junts permanecía bloqueada hasta que el tribunal fijara una doctrina definitiva sobre la malversación.
La amnistía entra en su recta final
La sentencia supone uno de los últimos grandes obstáculos para la aplicación completa de una ley aprobada en junio de 2024 y que desde entonces ha recorrido un largo itinerario judicial tanto en España como en Europa.
La controversia sobre la malversación se convirtió en el principal punto de fricción entre el Supremo y el Constitucional. Mientras la Sala de lo Penal sostuvo que determinados actos relacionados con el 1-O quedaban fuera de la ley por implicar enriquecimiento personal o afectar a intereses europeos, el tribunal de garantías considera ahora que esa lectura desnaturalizó la voluntad expresada por el legislador.
El propio Conde-Pumpido había advertido antes del pleno de este martes de que la decisión que adoptase el Constitucional sería “vinculante para todos los jueces y todos los tribunales”, incluido el Supremo.
Cuando la resolución sea formalmente comunicada, corresponderá por tanto al alto tribunal español adaptar sus decisiones anteriores al nuevo criterio constitucional. Para Bassa supondrá la eliminación definitiva de su inhabilitación; para Junqueras, Turull y Romeva, la revisión de las penas todavía pendientes; y para Puigdemont, Comín y Puig, la posibilidad de que desaparezcan las órdenes de detención que han condicionado su situación judicial durante los últimos años.
El fallo no ejecuta por sí solo todas esas consecuencias, pero sí fija el criterio jurídico que debe guiar los siguientes pasos. Después de más de dos años de batalla interpretativa, la malversación del procés queda encaminada hacia la amnistía y el regreso de Puigdemont entra en su fase más próxima desde que abandonó España en octubre de 2017.



