Estamos con Miguel Ángel Aguilar, el fiscal de sala de delitos de Odio. Creo que en la actualidad y teniendo en cuenta la deriva totalitaria y racista que está tomando el país, es una entrevista más que necesaria. Miguel Ángel es una persona que posiblemente sea la persona que más sabe de delitos de odio de este país. Tiene una carrera muy dilatada en su especialidad, ahora está en la Fiscalía General del Estado, pero durante muchos años ha sido la persona que ha llevado adelante todos los temas de delitos de odio en Barcelona, una ciudad especialmente compleja. Ahora atiende a ElPlural.com en una entrevista para hablar de este tipo de delitos.
Pregunta: Vamos a hablar de las redes sociales. Esta semana ha habido agresiones a periodistas en las calles. Yo voy a ponerme a mí como ejemplo. Salí denunciando la situación y me llegaron mensajes insultando de cuentas anónimas. ¿debería de haber un cambio legislativo que uno pueda seguir llevando en redes Me gustan los gatitos, pero que a la hora de abrir una cuenta tenga que dar nombre, apellido, DNI y que en el caso de que se cometa un delito, la fiscalía actúe o un juez actúe, las plataformas de las redes sociales tengan la obligación de dar sus datos?
Respuesta: Es lo primero que hacer en relación con las agresiones absolutamente inadmisibles contra profesionales del periodismo. Quiere decir, me genera una gran indignación. Los periodistas cumplen una función social importantísima. No solamente está en juego la seguridad, la libertad, la integridad física del periodista, sino que también está en juego un derecho fundamental de toda la ciudadanía y que pertenece a toda la ciudadanía, es el derecho a una información libre, o sea, una prensa libre y una información veraz, contrastada. Por tanto, quiero hacer un reconocimiento expreso de la labor periodística y también hacer un llamamiento a que se denuncien en vía penal. No basta con denunciar en los medios de comunicación hay que presentar denuncia. No todas las agresiones o todas las agresiones, intimidaciones, etcétera, pueden ser constitutivas de delito, de coacciones, pueden ser amenazas, pueden ser lesiones, confusión, pero incluso algunas de ellas, algunas de ellas, puede ser incluso un delito investigable como delito de odio.
P: ¿Por qué?
R: Porque en algunos casos, no digo todos, pero en algunos casos insisto que sí son agresiones, si son coacciones, etcétera Es un delito. Pero algunas de ellas se producen por animadversión a la línea editorial o a la ideología que la autora a veces atribuye, que no tiene por qué ser real, pero que atribuye al medio de comunicación correspondiente. Por tanto, ahí sí que podemos tener un delito de odio por motivación ideológica. Insisto en que no son todos los casos, porque la motivación discriminatoria hay que probarla, pero sí que al menos son investigados por eso que hace un llamamiento a que este tipo de hechos sean denuncia.
P: Vamos al melón de la legislación.
R: Pues bien, yo hice ya hace dos años manifestaciones en el mes de agosto. Además, cuando ocurrieron los hechos de Mocejón en los que se atribuía falsamente a niños, niñas y adolescentes en centro de menores la autoría de un asesinato que luego quedó totalmente descartado. Eran discursos que se lanzaban por las redes absolutamente falsos, el caso clarísimo de bulo o de desinformación. El anonimato es muy importante en las redes sociales para que las personas puedan ser libres, pero eso no significa que ese anonimato sea total. Tú no tienes porque ir con tu DNI puesto en tu perfil, como yo tampoco tengo mi nombre, apellidos y DNI en la matrícula de mi coche, pero si yo cometo un delito con mi coche y atropello una persona bajo los efectos del alcohol, saltándome un semáforo, etcétera y eso puede ser un delito de homicidio. por imprudencia. ¿No? Bueno, pues el juez obviamente requeriría los datos de quien está detrás de ese coche y quién era el conductor de ese coche. Pues cuando tengamos un discurso de odio que sea delictivo, porque no todos los discursos de odio son delictivos, hay discursos de odio que no son delictivos y hay otros que sí. Los más graves son delictivos. Si hay un caso de discurso de odio que se judicializa porque obviamente tiene indicadores de delito, el juez valorando en la necesidad y proporcionalidad, quiere saber quién es el titular de ese perfil, tendría que tener las posibilidades de obtener esa información. Por tanto, yo creo que es necesario ir hacia una legislación que exija de las plataformas de redes sociales registrar cada vez que se abre un perfil, pues que registren el nombre, apellidos y DNI o pasaporte de esa persona, De tal manera que si un juez insisto, considera que hay que levantar el anonimato porque se ha cometido un delito que ha de ser perseguido, pueda facilitar esos datos al juez que dirige esa instrucción de la causa.
P: Claro, estamos hablando de la libertad de expresión. Lo ha explicado muy bien, pero tiene serios detractores. ¿Le da la sensación de que a veces lucha contra molinos de viento?
R: Bueno, a ver, hay un volumen muy importante de trabajo, pero puedo contar con la satisfacción de que en estos momentos tenemos una red de fiscales especialistas en todas y cada una de las fiscalías provinciales de España. Es una red sólida, Hay profesionales magníficos y, por tanto, y lo que la grandeza que tiene el Ministerio Fiscal es el principio de unidad, de actuación. Somos un equipo, trabajamos en equipo. Cuando tenemos dudas o dificultades consultamos con otros profesionales.
P: Pero muchas veces las propias leyes o cómo está diseñado el marco jurídico dificulta la investigación. Los delitos, las redes sociales y las nuevas tecnologías quizás avanzan mucho más rápido que nosotros. Quizás lo que se tarda en legislar impide muchas veces que pueda usted desarrollar su trabajo, porque la legislación va mucho más lenta y muy por detrás de los avances tecnológicos.
R: Esto pasa siempre en cualquier ámbito. Les pasa también a quienes luchan contra la criminalidad informática en otros ámbitos, por ejemplo, puede ser la pornografía infantil, etcétera. Hay cada vez más dificultades, y ahora los retos de la inteligencia artificial, etcétera. Siempre van a faltar medios y hay que luchar por conseguirlos, y por pulir y mejorar las leyes. También es importante que se desplieguen y se desarrollen las leyes que ya están en marcha. Por ejemplo, la Ley de Igualdad de Trato de no Discriminación, que contempla una responsabilidad en vía administrativa, pues esa ley todavía le queda recorrido. Recientemente creado la Autoridad Independiente de Igualdad de Trato. Bueno, pues dotarle de los recursos de los medios necesarios que pueda empezar a desarrollar plenamente su trabajo.
P: Vox dice que hay que modificar el artículo 510 del Código Penal y que hay que eliminar la parte en la que pone motivos racistas y antisemita. ¿Qué opina usted sobre ese cambio legislativo?
R: Bien, eh, Es una propuesta. Es una propuesta que entra dentro de la de las del pluralismo político de nuestro país y, por tanto, de la oferta a la opinión pública. Pero la opinión pública también tiene que saber que España tiene unos compromisos internacionales. Tenemos una Convención de Naciones Unidas para la Eliminación de todas las formas de discriminación racial, que obliga a perseguir el discurso de odio por motivos racistas y xenófobos. Y luego en el espacio europeo tenemos una decisión marco de la Unión Europea del año 2008 que es obligatoria para todos los Estados. Por lo tanto, para los 27 Estados de la Unión Europea, que obliga a tipificar en el Código Penal, no en las legislaciones administrativas sino en el Código Penal el discurso de odio por motivos racistas. Por tanto, hay que ser consciente de que estamos en un marco europeo y el marco además internacional de Naciones Unidas en el que tenemos una serie de compromisos que tenemos que ineludiblemente cumplir. Pero ellos cuando piden el cambio legislativo dicen que es porque afecta a la libertad de expresión. Bien, el discurso de odio puede afectar a la libertad de expresión, pero la libertad de expresión, que es un derecho constitucional sin el cual además no hay estado democrático es sagrado y estamos ante un medio de comunicación en el que la libertad de expresión, la libertad de información veraz y contrastada, como establece la Constitución, es fundamental. Sin estos derechos fundamentales no hay Estado democrático. Pero también es cierto que, aplicando además la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, del Tribunal Constitucional o del Tribunal Supremo, la libertad de expresión es un derecho fundamental de ejercicio responsable y está limitado. El límite es el respeto a otros derechos y principios constitucionales como la igualdad que está en el artículo uno de la Constitución la dignidad de la persona, del ser humano que está en el artículo diez y también la prohibición absoluta de discriminar que está en el artículo 14 de la Constitución. Por tanto, la libertad de expresión no es de ejercicio ilimitado.
P: Vamos a seguir con VOX. Cuando usted escuchó a Figaredo, pero me da igual la Figaredo, pongamos que lo dijo cualquier político. Cuando usted escucha a un político hacer un llamamiento a cazar inmigrantes, que cuerpo se le queda uno.
R: Yo no puedo hacer valoraciones políticas.
P: No, le estoy pidiendo una valoración personal. Cuando uno está en casa y oye a alguien con un altavoz mediático y con poder, y que supuestamente representa a los ciudadanos y escucha que quiere que se cace a los inmigrantes, ¿qué cuerpo se le queda?
R: Yo no puedo hacer valoraciones tampoco personales. Usted me invita a mí como fiscal de sala responsable de la Unidad de Delitos de Discriminación de la Fiscalía General del Estado. Por tanto, tengo una obligación institucional de mantener la imparcialidad de la institución. Ese tipo de discursos han sido denunciados. Recibimos cuatro denuncias a lo largo del mes de agosto. Han sido remitidos a la Fiscalía del Tribunal Supremo porque la persona denunciada es una persona aforada, y ahora será la Fiscalía del Tribunal Supremo quien tendrá que valorar la trascendencia jurídico penal de ese tipo de hechos. De momento, mantenemos la prudencia acerca del contenido de esas declaraciones que tendrán que ser obviamente valoradas. Si que recordar que hay sentencias del Tribunal Supremo en la que la incitación a la violencia contra personas migrantes, en este caso niños, niñas y adolescentes no acompañados, que esa es la terminología que consideramos que es la acertada, no solamente desde el punto de vista humanitario, sino en términos jurídicos. En esa sentencia se considera que este tipo de personas que sufren este tipo de discurso de odio puede ser constitutivo de infracción penal del artículo 510 del Código Penal. En este caso concreto habrá que valorar, como siempre hacemos con el discurso de odio, el contexto que lo dice, cómo lo dice, ante quién lo dice y la contundencia de las palabras.
P: Ha hecho usted referencia a la sentencia del Supremo de antes de verano y para mí, sinceramente, es una sentencia histórica. Fue la primera que condenaba por el racismo en redes a los niños, ellos les llaman menas, yo les llamo niños. ¿Está viendo usted un cambio entre los jueces que son ahora más permeables a condenar que eran antes?
R: Estoy viendo un cambio fundamental y un cambio trascendental en los últimos años, y con la memoria del año 2025 se pone de manifiesto hay un incremento de sentencias y de sentencias condenatorias. Creo que eso se debe a muchos factores, primero y fundamentales a la labor especializada de la Fiscalía, que lleva los casos que antes a lo mejor no se llevaban como como delitos de odio y ahora son llevados como delitos de odio. Y también que el Consejo General del Poder Judicial ha incrementado también su labor de formación. La formación es fundamental. Y además tenemos víctimas, no todas, pero muchas víctimas, que tienen unas vulnerabilidades, unas fragilidades que son especiales. Por tanto, esa esa labor, por un lado de lucha especializada por parte de los cuerpos y fuerzas de seguridad que lo trasladan también a fiscales especializados, es llevar más asuntos a los tribunales, un incremento de la formación tanto inicial como la formación continuada de la carrera judicial, de la carrera fiscal y también de los cuerpos y fuerzas de seguridad está permitiendo este incremento de acusaciones por parte de la Fiscalía y de condenas por parte de los tribunales.
P: Creo que se le olvida una pata que para mí es parece fundamental, que es el número de denuncias. Siempre, históricamente, hemos hablado, hemos debatido, hemos discutido sobre el hecho de que el número de denuncias que llegan no es ni muchísimo menos el número real de delitos que se cometen, porque la gente tiene miedo a denunciar. ¿Usted cómo valora? ¿Cree que sigue sucediendo que la gente tiene miedo a denunciar?
R: Sí. Tenemos estudios de la Agencia de Derechos Fundamentales de la Unión Europea que de manifiesto que en todos los países de la Unión Europea, y entre ellos España, existe una cifra sumergida. No me gusta decir cifra negra, sino cifra sumergida de hechos que ocurren en las calles y que no son denuncias y que no se denuncian por muchos factores.
P: ¿Qué factores?
R: El miedo, el miedo a las represalias. El miedo a que te puedan abrir un expediente gubernativo de expulsión si tú no tienes regularizada tu situación, el miedo a revelar la intimidad. Porque claro, muchos delitos se cometen precisamente contra personas por su condición o por su orientación sexual, identidad de género, expresión de género y sobre todo en los hechos ocurren en ámbitos locales, pequeños municipios o en ciudades pequeñas. El miedo a denunciar está ahí presente porque puede comportar una salida abrupta de del armario con repercusiones en las redes social, laboral, familiar, etcétera. Es decir, hay muchas razones que condicionan, impiden o dificultan que las víctimas denuncien. Está bien que me lo haya recordado y pongamos en valor las cifras sumergidas de hechos que no se denuncian. Pero también tenemos que luchar contra otro fenómeno que es paralelo. Está por un lado la cifra denuncia, pero luego está también la cifra de detección, es decir, hechos que se denuncian pero que sin embargo nos falta detectarlos. Por eso estamos insistiendo muchísimo, tanto a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, como a la carrera fiscal y la carrera judicial en la formación para saber detectar los indicadores que nos llevan a calificar adecuadamente ese hecho como como delito de odio.
P: ¿A qué se refiere con la detección?
R: La experiencia demuestra que si el fiscal que está de guardia en un juzgado de cualquier municipio de España tiene una serie de formación mínima para saber detectarlo, y lo pone en conocimiento del especialista, ese asunto prospera y acaba con sentencia condenatoria muy probablemente. Por tanto, tengo que hacer un esfuerzo no solamente en concienciar a la opinión pública para denunciar y, por tanto, emerger esa cifra sumergida, sino también luego una formación muy importante que, a mi modo de ver, tiene que ser obligatoria y evaluada en los profesionales que participamos en la Administración de Justicia y en los Cuerpos y fuerzas de seguridad y en la seguridad privada para saber detectar las denuncias que se presentan y, por tanto, puedan ser perseguidos.
P: Está nombrando ustedes a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. No me puedo morder la lengua. Cuando hablas con gente especializada en crímenes de odio y extrema derecha hacen siempre una referencia a que cuando van a la policía o a la Guardia Civil a denunciar, pues quizás el trato no es el que corresponde, o que no se mira con el cariño debido este tipo de denuncias. Quizás pasa un poco como pasaba hace 20 años con las denuncias de violencia de género, entonces no sé si eso se debe a la mentalidad, se debe a una falta de formación. ¿A qué cree usted que se debe?
R: Quiero poner en valor es el trabajo que hacen las Fuerzas y Cuerpos de seguridad en España, tanto las estatales como las autonómicas. Llevo 34 años trabajando con los cuerpos y fuerzas de seguridad de nuestro país, y quiero poner también en valor que en estos momentos en la Unión Europea, desde la Fiscalía Española hemos impulsado y se ha creado una red de fiscales especialistas de delitos de odio de la Unión Europea. La Policía española es un ejemplo en la lucha contra este tipo de delitos. Hay casos, y yo no voy a negarlo, pero no podemos generalizar. Hay casos, y lo que hay que hacer es depurar ese tipo de casos. Ese comportamiento que usted me dice puede que no sea un delito, pero sí que a lo mejor puede ser objeto de una sanción disciplinaria. Yo animo a que este tipo de comportamientos se denuncien. Insisto que son puntuales, excepcionales. Mi experiencia lo que dice es que hay un fuerte compromiso por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en investigar y perseguir, y esto lo demuestra que cada año las estadísticas. Por ejemplo, el Ministerio del Interior arroja un 23% más de hechos. La mayor parte de los hechos, además de los atestados que tramitan, que esclarecida la autoría policial, entre otras cosas, lo vemos judicialmente. Por tanto, hay que poner eso en valor. Si hay casos puntuales, hay que hay que denunciarlos y, por supuesto, depurarlo. Yo quiero creer que la mayor parte de estas anomalías o de estas disfunciones, que insisto son excepcionales, se deben a falta precisamente de formación o a falta de sensibilización. La sensibilización viene derivada muchas veces de la formación. Son los dos vasos comunicantes.
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