El polémico juez Juan Carlos Peinado sigue en sus trece, y envía un escrito a la Audiencia Provincial en el que vuelve a justificar su decisión de retirar el pasaporte a Begoña Gómez, la mujer del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. Tras su polémico auto en el que acusaba a la Policía Nacional de poder ayudar en una hipotética fuga, el magistrado trata de matizar sus palabras, pero logra todo lo contrario, pues sigue acusando a los policías. En esta ocasión, además, añade como argumento que otros dirigentes, presidentes del Gobierno, se han fugado antes. Peinado pone como ejemplo la fuga del ex primer ministro italiano Bettino Craxi.

Así, dice el escrito: "no sería la primera ocasión en la que un Presidente del Gobierno de un Estado Miembro de la Unión Europea de un país Mediterráneo, (Italia) se fuga ante un procedimiento de una trama de corrupción a un país del continente Africano (Túnez), quien sin duda dispondría de toda la escolta oportuna".

El ex primer ministro italiano Bettino Craxi huyó a Túnez en 1994 para evitar cumplir una condena de más de 27 años de cárcel que le había sido impuesta como autor de delitos de corrupción y financiación ilegal. En la década de 1990, se vio asediado por el gigantesco escándalo judicial conocido como Tangentopoli, instalándose en la ciudad de Hammamet, donde falleció en el año 2000, protegido por el que entonces era presidente tunecino, Zine Abidine Ben Ali. Pero es que, además, hay que decir que Craxi no huyó siendo presidente, que lo fue entre 1983 y 1987, sino varios años después.

Nuevo palo a la Policía Nacional

En cuanto a la justificación que dio para retirar el pasaporte, que la policía que escolta a Begoña Gómez podía ayudarla a fugarse, tras las críticas recibidas, el polémico juez trata de matizar sus palabras, pero termina metiéndose en un jardín, pues sigue acusando a los agentes.

Dice el juez que, aunque la defensa de Gómez diga que no existe riesgo de fuga porque va acompañada de escoltas,  "no se dice que ese riesgo de fuga no exista "per se" y se alega que, al tener la acusada la condición de esposa del actual presidente del Gobierno, está acompañada en sus desplazamientos de miembros del Cuerpo Nacional de Policía, que saben en todo momento el lugar en el que se encuentra, y por tanto, se desprende que es inexistente la posibilidad material de la fuga, pero no debe olvidarse que su misión es la de proteger frente a terceros de posibles ataques a su integridad física y no evitar los movimientos o desplazamientos que estime conveniente".

Y prosigue diciendo: "Pues bien, tras realizar posteriormente un alegato en defensa de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, que es lo que se contiene en la fundamentación del auto objeto de recurso, este instructor debe poner de manifiesto que, la invocación que se realiza en cuanto a la profesionalidad de los miembros de dichos cuerpos, responde a lo alegado por el letrado recurrente, y lo que se dice en el auto, es que en un momento determinado pueden, no se dice que sea probable o previsible, siendo una mera hipotesis, en modo alguno se ha tratado de ofender o menospreciar la labor de esos funcionarios, que quien por razones de distinta indole, por su experiencia profesional, con quien ha venido compartiendo muchos años de actividad profesional, generalmente, y casi en su totalidad, de forma ejemplar, y porque conoce la labor, careciendo de los medios idóneos, para llevar a cabo su trabajo lo realizan de forma abnegada, no poniendo en duda, su profesionalidad ejemplar".

Pero acto seguido afirma: "Si en el colectivo de los Miembros de los Cuerpos de Seguridad del Estado, no existiera la posibilidad de que haya de elementos individuales, que no cumplen adecuadamente con sus obligaciones carecería de sentido la existencia de la Unidad de Asuntos Internos creada precisamente por este motivo, y cuya existencia permanece y no se contempla su disolución".

Y prosigue asegurando que, "son varios, los supuestos en los que, con mayor o menor trascendencia social, han aparecido funcionarios de diferente escala o categoría que han sido objeto de reproche e incluso penal (a título de ejemplo de la Unidad Central de Delincuencia Económica han disciplinario y Fiscal).

Por último, le dedica un mensaje a la defensa de Begoña Gómez: "En la Audiencia Nacional han sido varios los casos, y algunos continúan, que han tenido por objeto la investigación de conductas de miembros de la Policía Nacional que han concluido con sentencias condenatorias, (algún máximo responsable del aeropuerto de Madrid Barajas). Esa es la razón, y no otra, que trata de justificar el razonamiento que, tergiversadamente, pretende el letrado recurrente dejar vacía de contenido, y por ese motivo entender que las medidas cautelares carecen de la necesaria justificación por no cumplirse los principios de idoneidad, proporcionalidad. y necesidad, lo que este magistrado Informante entiende que no justifica la estimación del recurso de queja".

Añadir ElPlural.com como fuente preferida de Google.

Mantente informado con las últimas noticias de actualidad.

Activar ahora