El abogado Cándido Conde Pumpido Varela, hijo del presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde Pumpido, ha salido en libertad sin medidas cautelares del Juzgado de Instrucción Número 44 de Madrid, al que había sido trasladado después de que una prostituta denunciara una violación grupal, en la que según la versión de la mujer habrían participado el letrado y dos amigos suyos. Sin embargo, en el auto de la magistrada, al que ha tenido acceso ElPlural.com, la juez afirma que, tras visionar las imágenes del interior y del exterior del domicilio de Pumpido Varela aportadas por su defensa no puede "adivinarse ninguna situación coincidente con el relato de hechos por ella mantenido" y añade que "las imágenes desvirtúan la versión".

En el escrito, se explica que "de lo actuado hasta el momento se estima que no concurre una situación objetiva de riesgo para la denunciante que justifique la medida cautelar". Y todo ello porque en los vídeos, como explica la magistrada, lo que se ve es que "las imágenes desvirtúan la versión" mantenida por la mujer. En dichas imágenes se ven distintas dependencias a lo largo de la madrugada y primeras horas de la mañana del día 3 de noviembre: supuestamente la agresión grupal fue la madrugada del 2 al 3.

Dice el auto que en esas imágenes, en ningún momento se puede ver a uno de los denunciados, que según ha explicado puede "acreditar" que, desde la diez de la noche del día 2, "estaba en otro lugar". Prosigue el auto diciendo: "Por el contrario, se ve en las imágenes a la denunciante situada por distintas estancias de la casa, cocina, dormitorio, parte exterior de la casa en compañía de Conde Pumpido unas veces y sola en otras ocasiones. Específicamente puede observarse a la denunciante y al denunciado en uno de los dormitorios durante varias horas, entrando y saliendo, bebiendo etc. Sin que pueda adivinarse ninguna situación coincidente con el relato de hechos por ella mantenido".

"En consecuencia, sin perjuicio del resultado de las diligencias de investigación que puedan llevarse a cabo a lo largo de la instrucción del presente procedimiento no se estima que concurran los requisitos de necesidad, idoneidad, proporcionalidad y ponderación exigidos para la adopción de una medida restrictiva de los derechos fundamentales como se ha interesado", apostilla la juez en su auto, pues tanto la denunciante como la Fiscalía habían solicitado una orden de alejamiento sobre la mujer.