La Fiscalía de Ávila percibe indicios de "criminalidad urbanística" en el chalet de La Adrada propiedad del juez Juan Carlos Peinado, instructor de la causa de investigación sobre la mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez. El Ministerio Público considera que el Ayuntamiento de la localidad, bajo el mando del Partido Popular, pudo haber cometido prevaricación por permitir la construcción de este chalet de manera irregular; sin embargo, el caso ha terminado archivándose por la prescripción de los hechos.

Según ha adelantado este lunes ElDiario.es y ha podido confirmar ElPlural.com, la Fiscalía aduce a “irregularidades apreciadas en la tramitación del expediente”, las cuales serían prueba de “conductas con indicios de criminalidad urbanística, pero serían delitos prescritos”, además de señalar que parece “un uso no permitido”.

En cuanto a las actuaciones del Ayuntamiento de La Adrada con dicha urbanización, la fiscal del caso señala que no puso en marcha actuación alguna para cumplir la normativa urbanística pese al informe del arquitecto municipal que ya vino advirtiendo de las irregularidades.

Pese a estos indicios que probarían el delito de prevaricación urbanística, debido a que los mismos habrían prescrito, el Ministerio Público ha terminado por archivar la causa. “No contamos con indicios de que las sucesivas corporaciones municipales hayan tenido conocimiento de las irregularidades descritas, al no constar nuevas comunicaciones del promotor al ayuntamiento hasta 2021”, expone la Fiscalía, según recoge el medio citado en líneas anteriores.

Cabe destacar que la Fiscalía recibió la denuncia sobre la construcción del chalet situando el foco en que el juez Peinado llegó a pedir una primera licencia de obra mayor a finales de 2004, la cual se le fue concedida como suelo urbanizable, que no es igual que urbano; es decir, previamente, debería haber desarrollado un plan parcial que hubiese obligado a la parcela a hacer cesiones para dotaciones comunes. Y es que la calificación de suelo urbano no llegó hasta 13 años después, en 2017, con el domicilio ya terminado y el Ejecutivo municipal del PP al mando.

Fallos en la gestión del Ayuntamiento de La Adrada

La causa se centra en cómo el Ayuntamiento, gestionado por el PP, permitió la obra sin actuar pese a los avisos. El chalet se construyó inicialmente en 2004 sobre suelo urbanizable —no apto para edificación— y solo en 2017 se reclasificó como urbano, cuando ya estaba edificado. Además, un informe del arquitecto municipal puso en entredicho la legalidad del proyecto, pero no se ejecutaron medidas correctivas, a pesar de que las obras estaban en curso y contando con imágenes aéreas como prueba. Así pues, la Fiscalía considera que el Ayuntamiento podría haber incurrido en prevaricación al consentir una “obra no permitida”.

Lo más significativo es que, durante 13 años, el chalet existió en un limbo legal. En 2004 se concedió la licencia como suelo urbanizable, lo cual exigía previamente la aprobación de un plan parcial que definiera: vías, zonas verdes, equipamientos comunes… nada de esto se hizo; sin embargo, el caserón siguió alzándose hasta 2017, fecha en que se reclasificó la parcela como suelo urbano, ya con la casa terminada y bajo la alcaldía del PP. Esta claramente fue una operación administrativa a cohonestar una realidad consumada.

El Ayuntamiento, pese a disponer de un informe desfavorable del arquitecto municipal —advirtiendo de la irregularidad—, no reclamó la suspensión de la obra ni instó a reformular el proyecto. Tampoco activó ningún mecanismo sancionador, aunque las fotografías aéreas aportadas por la Guardia Civil demostraban que las obras seguían adelante. Ese pasotismo administrativo es, para la Fiscalía, una pista firme de prevaricación urbanística.

No obstante, el Ministerio Público se vio obligado a archivar la causa porque los hechos habían prescrito. Aunque reconoce las “irregularidades apreciadas en la tramitación del expediente” y los indicios de criminalidad urbanística, sostiene que la acción penal estaba ya extinta cuando se presentó la denuncia. También remarca que no hay evidencias de que sucesivas corporaciones municipales recibieran alertas posteriores —no hubo nuevas comunicaciones del promotor hasta 2021—, lo que frenó cualquier inspección previa.

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