Hace unos meses ELPLURAL.COM publicaba una entrevista de Joaquím Bosch, el primer juez que ha dictado una sentencia en materia de protección al honor con WhatsApp en el punto de mira. En aquella resolución Bosch condenaba a un hombre que había expresado en su perfil una opinión ofensiva sobre otro. Lo pionero de la misma es que el magistrado le obligaba a publicar su mala conducta en el mismo lugar y remitirlo a sus contactos, es decir, en la propia plataforma. Entonces, llamaba la atención acerca de modernizar la vieja ley de los años 80 (Ley de Protección al Honor, del año 1982) para adaptarla a los nuevos tiempos de internet y las redes sociales.

El paso del tiempo le da la razón. En más de una ocasión en los últimos meses se ha comprobado como el escenario que ha abierto el mundo online se ha vuelto propicio para comportamientos a todas luces denunciables.

No obstante, la impunidad con la que parecía que actuaban algunos individuos bajo un pseudo anonimato, empieza a quebrarse gracias a la actuación de la justicia.

El último ejemplo se ha dado en Alicante y, una vez más, con WhatsApp como protagonista. Un tribunal acaba de confirmar la obligación de dos menores a indemnizar con casi 3.000 euros a un joven también menor. El motivo, haberla humilla en un grupo de esta plataforma. La única buena noticia para ellos es que ahora la Audiencia Provincial de Alicante, en la resolución de los recursos presentados por la defensa, echa por tierra el delito de trato degradante debido a que "su comportamiento no fue continuado en el tiempo".

De contenido sexual

Los hechos, según se ha sabido ahora, acontecieron la madrugada del 18 de mayo de hace dos años. En ese momento, y a través de WhatsApp, los menores lanzaron en un chat de esta red en el que tomaban parte otros compañeros de curso, alusiones e insinuaciones de contenido sexual contra la chica.

Se dio la circunstancia de que la menor decidió darse de baja de ese grupo, pero el administrador del mismo volvió a incluirla repitiéndose las vejaciones, algunas con mensajes de voz en las que uno de los ahora condenado a indemnizarla la calificaba de “putilla”.

La chica, al día siguiente, lo comunicó a los profesores provocando una discusión en la que, con presencia de varios alumnos, otra estudiante la amenazó e insultó. Como consecuencia de todo esto, a la joven se le diagnosticó un trastorno por estrés postraumático.

En primera instancia, delito de trato degradante

Tras la correspondiente denuncia, el juzgado de Menores número 3 de Alicante en marzo de este año condenó a los dos acusados por delito de trato degradante a acudir a tareas socio educativas y trabajos en beneficio de la comunidad. Del mismo modo, estableció el pago de una indemnización de 2.828 euros.

Ahora, aunque la sección tercera de la Audiencia, a pesar de que revoca la condena por el delito de trato degradante, confirma el pago de la indemnización por parte de los progenitores de los dos menores acusados.

En Twitter, "salvajes al teclado"

Cabe recordar que en aquella entrevista publicada por ELPLURAL.COM del juez Joaquím Bosch, éste decía que "el formato -de las redes sociales- genera algunos comportamientos que no sé si deberían limitarse... La democracia requiere debates y críticas y habría que buscar la fórmula de que se eviten estos comportamientos. Injurias, vulneración del honor... siguen siendo delito cara a cara o en el ámbito virtual, se trata de analizar el contexto de la expresión virtual para ver el tratamiento". También recalcaba que le parecía "preocupante que se utilice para reprimir derechos y libertades", abogando por la necesidad de un "equilibrio".

No obstante, el mismo juez aseveraba que “personas que son encantadoras en privado cuando se ponen delante de Twitter son auténticos salvajes del teclado”, y esto, con ejemplos diarios, también es trasladable a otras plataformas como WhatsApp, con especial incidencia entre los jóvenes.