El Pleno del Tribunal Constitucional ha suspendido este miércoles la ley que aprobó en abril el Partido Popular en Madrid, que habilitaba al Ejecutivo de Isabel Díaz Ayuso a ejercer la acción popular en determinadas causas judiciales. Los jueces admiten el recurso de inconstitucionalidad que presentó el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y dan un nuevo varapalo a la presidenta de la Comunidad de Madrid.
Este proyecto de ley que la Asamblea convalidó en abril con la mayoría absoluta del PP, reformó varias normas para permitir a la administración regional personarse en causas judiciales contra protestas como las propalestinas durante La Vuelta ciclista a España de 2025, entre otras.
El recurso presentado por Sánchez invocaba el artículo 161.2 de la Constitución Española, que permite al Gobierno impugnar ante el Constitucional resoluciones de las comunidades autónomas. La Carta Magna establece que "La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses". El Pleno especifica que deja sin efecto la Ley 1/2026 desde la fecha en la que el presidente interpuso el recurso, en el mes de julio.
Sánchez alegó que la norma, que reformó normas ya existentes para ampliar las competencias de la Comunidad de Madrid en asuntos "de interés general", podía ser contraria al artículo 149.1 de la Constitución. Concretamente, al apartado que otorga al Estado la competencia exclusiva en la "legislación procesal".
La ley de Ayuso para perseguir manifestaciones incómodas
Los diputados de PP y Vox en la Asamblea votaron a favor del proyecto de ley, que la Abogacía General de la Comunidad de Madrid también calificó como "inconstitucional". Se trató de una reforma a varias leyes existentes para permitir a la administración regional ejercer la acción popular, entre otros supuestos, contra manifestaciones como las que tuvieron lugar en Madrid durante La Vuelta en contra del genocidio de Israel en Palestina, durante el verano de 2025.
La norma que ha suspendido el Constitucional reformó las leyes autonómicas Forestal y de Protección de la Naturaleza (16/1995, de 4 de mayo), de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (17/1997, de 4 de julio) y de Patrimonio Cultural (8/2023, de 30 de marzo).
Con ella, la Comunidad de Madrid podía personarse como acusación en "los casos en que se atente contra el patrimonio natural, se dañe el histórico-artístico o se cometan delitos que afecten al desarrollo de eventos y espectáculos públicos", supuestos que se añaden a los casos de violencia contra la mujer y de terrorismo. Esto significa que podían perseguir, por ejemplo, los incendios forestales provocados, pero también las manifestaciones que ellos considerasen que fueran en contra de "el interés general".
Usar los tribunales contra Sánchez
El Constitucional ya había tumbado textos similares en otras regiones por ser "inconstitucionales" e incompatibles con las competencias del Estado; y además las Cortes Generales tienen pendiente votar la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) del Gobierno, que de salir adelante también dejaría sin efecto la norma de la Comunidad de Madrid.
El Gobierno de Ayuso no ocultó en ningún momento el verdadero objetivo de la ley. "Todos sabemos que al Gobierno de Pedro Sánchez no le gustan los contrapesos", comenzó su defensa en la Asamblea el consejero de Presidencia, Miguel Ángel García Martín. El portavoz de Sol dijo alto y claro que con esta ley buscan "limitar los sueños de autócrata del peor presidente de la democracia", y alegó que la Comunidad de Madrid estaba indefensa ante la actuación de la Fiscalía en los casos que contemplaba la ley.
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