El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado archivar las quejas contra la jueza de Catarroja que instruye la causa de la DANA, Nuria Ruiz. La Comisión Permanente ha dado luz verde por unanimidad a la propuesta del promotor de la Acción Disciplinaria, que optaba por dar carpetazo a las alegaciones presentados por dos de los imputados por la muerte de 232 personas en las inundaciones que arrasaron valencia el 29 octubre de 2024.
Se trata de la consellera de Justicia e Interior de la Generalitat durante la tragedia, Salomé Pradas, y del que fuera número dos de Emergencias, Emilio Argüeso. Ambos señalaron a la jueza por "falta de imparcialidad" y denunciaron la presunta participación de su marido en la investigación según los audios que publicó OkDiario.
El CGPJ ha dado por buenas las conclusiones del promotor de la Acción Disciplinaria del máximo organismo judicial, quien descartó "que existan pruebas con el grado de solidez y certeza que se requieren para considerar probada la participación de un magistrado distinto a la titular de la plaza judicial en la práctica de la diligencia de ofrecimiento de acciones y declaración de dos perjudicados en las graves inundaciones de octubre de 2024", según el informe de la Comisión Permanente al que ha tenido acceso ElPlural.com.
Las grabaciones de 'OkDiario' utilizadas por Pradas y Argüeso
Los jueces responden así al escrito de Pradas, quien señaló que su derecho de defensa se había visto "gravemente afectado" por las "afirmaciones incriminatorias propias de una sentencia condenatoria" de la jueza en sus resoluciones. Además de esto, la exconsellera puso el foco en "la posible intervención de personas ajenas al procedimiento judicial".
En el mismo sentido, Argüeso pidió suspender a la magistrada y su marido por la participación del segundo en la instrucción cómo "sustituto legal", según su escrito. El ex secretario autonómico de Seguridad y Emergencias acusó a Ruiz de haber actuado de "forma antijurídica" por no haber unificado a las acusaciones populares que se han personado en la causa, o por no concretar los motivos por los que, tanto él cómo Pradas, fueron imputados.
Estos argumentos se basan en las grabaciones publicadas por el diario de Eduardo Inda, en las que se escucha la presunta participación del marido de la jueza en diligencias de investigación relacionadas con la causa de la DANA. El CGPJ explica que la grabación la "habrían realizado los propios perjudicados sin previo consentimiento de la autoridad judicial ni del letrado de la Administración de Justicia y sin conocimiento del abogado que les asistía".
Por ello, coinciden con el promotor en que "esta circunstancia invalida por sí misma la grabación ya que la ley establece el carácter reservado de las diligencias de instrucción penal, por lo que su captación subrepticia introduce un elemento de irregularidad que proyecta serias dudas sobre su valor en un hipotético expediente disciplinario". Recuerdan que "no basta con la existencia de un archivo sonoro, sino que resulta imprescindible tener por cierta su autenticidad", que la propia jueza, la letrada de la Administración de Justicia y la funcionaria implicada, han negado. Apuntan, finalmente, al "relevante lapso temporal (casi un año) transcurrido desde la práctica de las declaraciones y la divulgación de las grabaciones mediante su difusión por un medio de comunicación".
Añadir ElPlural.com como fuente preferida de Google.
Mantente informado con las últimas noticias de actualidad.