Ante la intención del juez Juan Carlos Peinado de enviar a la esposa del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, a juicio por cuatro presuntos delitos, su defensa, encabezada por Antonio Camacho, ha presentado este lunes un dictamen para defender la actividad de Gómez como tanto de quien fuera su asesora en La Moncloa, Cristina Álvarez. Y lo ha hecho acudiendo a la hemeroteca de anteriores legislaturas y mandatos en el Gobierno de España con las labores que se hicieron desde cargos de similar calado.

Las mujeres de los anteriores presidentes del Gobierno, indistintamente de su color político, contaron con asistentes que colaboraron en sus encargos públicos y privados, debido a que la pareja del jefe del Ejecutivo central asume también obligaciones institucionales que, aunque no están retribuidas.

El documento presentado por la defensa de Gómez alude a ejemplos prácticos y de no hace tanto tiempo atrás en los que se da cuenta de las distintas funciones que desempeñaron asesores durante distintas legislaturas. Prueba de ello, en la etapa del popular Mariano Rajoy, se contrataron asistentes con dinero público para atender a su padre enfermo; similar al cargo que contó el mandato de José María Aznar para organizar la boda de su hija, Ana Aznar. En el caso del socialista José Luis Rodríguez Zapatero, un asistente diplomático acompañó como intérprete a su mujer durante un viaje oficial a Francia en 2007.

“El apoyo y la asistencia completa a los miembros de la familia del presidente del Gobierno, incluyendo sus actividades privadas, ha sido una constante”, refiere el documento, el cual ha avanzado la Cadena Ser. Asimismo, reitera que el “régimen jurídico” de la pareja sentimental del presidente del Gobierno “no está regulado en una norma escrita” pese a desempeñar funciones institucionales, aunque no es un puesto de trabajo como tal, en apoyo al equipo gubernamental.

Aduce el texto a su vez que, de este cargo, se espera que actúe “en representación en el contexto nacional e internacional”, lo que va aparejado de que “empleados públicos participen en actividades privadas” fuera de las inmediaciones de La Moncloa.

La Fiscalía carga contra los argumentos del juez Peinado para juzgar a Gómez

Bajo el mismo marco judicial, y habiendo finalizado la instrucción de la causa, la Fiscalía Provincial de Madrid ha vuelto a cargar este lunes contra los argumentos esgrimidos por el magistrado Peinado, considerando que se fundamentan en “hipótesis” carentes de base, en esencia, “meras conjeturas” y “aseveraciones”.

De esta manera, el Ministerio Fiscal ha asegurado que no percibe que los hechos por los que se acusa a Gómez sean “constitutivos” de delito de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, malversación de fondos públicos o apropiación indebida. Por ello, ha aducido a que, en el auto en el que dictaba dicha decisión, “hay manifiesta y deliberada confusión de hechos a la hora de dibujar el delito de influencias, fruto, quizás, de la inexistencia de los mismos”, por lo que percibe una “forzada conexión de actividades profesionales o cotidianas”.

En torno a la presunta apropiación por parte de la mujer de Pedro Sánchez de un software de propiedad de la Universidad Complutense de Madrid (UCM) que “ninguno de los investigados se ha beneficiado económicamente” de ello.

Por esta consecución de motivos, la Fiscalía ha reclamado que la Audiencia Provincial de Madrid archive el caso al “no ser los hechos constitutivos de infracción penal”, añadiendo, por ende, la absolución de los tres investigados -Gómez, Álvarez y el empresario Juan Carlos Barrabés- para que no se celebre el juicio oral.

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