En un auto dictado este lunes, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional acuerda suspender cautelarmente el Acuerdo de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática, de 20 de octubre de 2025, por el que se declaraba Lugar de Memoria Democrática la Real Casa de Correos, sede de la Comunidad de Madrid, donde tuvieron lugar torturas durante el franquismo.

De esta forma, la Justicia estima el recurso presentado por la Comunidad de Madrid que solicitaba suspender ese acuerdo, adoptado el pasado 20 de octubre, con el que se alegaba que provocaba un daño en su imagen institucional. Los magistrados consideran que "no puede afirmarse de forma categórica que la imagen de la sede de la Presidencia pueda sufrir un menoscabo irreversible, pero sí puede afirmarse que no es posible negar de forma categórica dicha incidencia negativa". "Toda vez que cabe la hipótesis de que se genere un efecto adverso en la imagen institucional de la Comunidad de Madrid, la medida cautelar solicitada se evidencia como pertinente", añaden. Al hilo de ello, en el auto también se hace referencia a las consecuencias que pudieran derivarse con dicha declaración en las actividades que se llevan a cabo en la Real Casa de Correos, sobre lo que sostiene que "dichas actividades exceden de lo que el Acuerdo impugnado denomina 'oficinas administrativas' (SIC) obviando la ubicación, precisamente en ese espacio, de la Sede de la presidencia de la CAM". 

En línea con la decisión adoptada, los magistrados de la Sala coinciden en que de la suspensión del Acuerdo y durante el tiempo que perdure la tramitación del procedimiento, no se deriva ninguna consecuencia en los intereses generales. Si bien, en el auto la Sala remarca la existencia de "dos intereses públicos en conflicto"; por una parte, "el que defiende la Administración General del Estado"; y, por otra, "el que defiende la Comunidad Autónoma de Madrid, si bien tiene especial intensidad el interés que defiende la Comunidad Autónoma, por el posible perjuicio irreversible, o intenso, que supone la ejecución del acuerdo impugnado". "Con ello queremos poner de relieve, en definitiva, que el transcurso del tiempo no perjudica la finalidad del Acuerdo. Por el contrario, la efectividad de dicho acuerdo sí puede provocar un perjuicio difícilmente reversible a la Comunidad de Madrid, en los términos expuestos", añade la Sala en el auto dictado este lunes.

En líneas similares, añaden que esta declaración como Lugar de Memoria Democrática conlleva necesariamente la instalación de placas o "distintivo memorial interpretativo", así como incluir "este lugar de memoria en los circuitos internacionales". Asimismo, aunque los jueces defienden que no se altera el uso actual del edificio, insisten en que "cualquier uso que se dé al bien habrá de ser compatible con las medidas propuestas de preservación de la memoria".

Pese a la decisión final de la Sala, esta ha contado con un voto particular de uno de los jueces que se muestra en desacuerdo con la suspensión cautelar por la posible imagen negativa que pueda generar de la Comunidad de Madrid. Según ha defendido este magistrado, cuando tuvieron lugar las torturas durante el franquismo, esta institución no existía. "Al recordar hechos negativos de la historia de España no se persigue desmerecer otros valores que puedan estar presentes en el lugar, como los histórico-artísticos resaltados por los académicos, por los que el edificio pueda incluso ser más conocido por los estudiosos y público en general, ni hacer un juicio de desvalor de la acción de gobierno de las instituciones autonómicas", ha sostenido este voto particular. En cambio, "la interrupción de las medidas para potenciar la memoria democrática y el retraso consiguiente en el despliegue de la acción de reparación, sí perjudica la finalidad perseguida por el acto impugnado, en el marco descrito en la Ley 20/2022, transmitiendo a las víctimas sensaciones de desazón e incredulidad, y proyectando una imagen negativa ante las instancias internacionales sobre la autenticidad del compromiso de España de proteger la memoria democrática y de su propósito de superación de los episodios oscuros de su pasado".

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