La Audiencia Nacional mantiene retenido al Partido Popular una suma estratosférica: 1,47 millones de euros. Una cantidad que son avales judiciales requeridos a la formación que lidera actualmente Alberto Núñez Feijóo para cubrir las posibles responsabilidades derivadas de los juicios por su propuesta financiación ilegal vinculadas a la trama Gürtel.

Según rezan las cuentas anuales de 2022, públicas en su página web oficial, estas cuentas están aún sin auditar por el Tribunal de Cuentas y, en concreto, el PP las tiene depositadas por orden judicial en la AN repartidas en tres fianzas diferentes en referencia con las diligencias previas 275/08.

Tres fianzas del PP

En total, hace una suma de 1,44 millones. Dos de las tres en cuestión, están vinculadas al juicio por la caja B del PP, caso por el que el extesorero del partido, Luis Bárcenas, fue condenado en octubre de 2021, con valor de 1.024 millones y 220.167 euros, respectivamente.

Cabe recordar en estos términos que los populares ya han sido condenados por la justicia, en el marco de la Gürtel, hasta en tres ocasiones. El tribunal condenó al PP en 2007 -con Mariano Rajoy al frente- por los 123.669 euros debido a que la empresa contratada por el partido dejó de pagar el Impuesto de Sociedades en 2007, cuando se realizaron las obras en la sede del partido, en la calle Génova 13 de Madrid con dinero en negro. Esta sentencia fue recurrida en 2022, cuando el PP reclamó la absolución de Bárcenas para liberarse de la condena.

Pese a que la actual dirección de Feijóo echó balones fuera para responsabilizar a la antigua dirección del partido, al no tener conocimiento profundo del recurso en cuestión, a 31 de diciembre de 2022, el partido aún tiene en vigor dichos valores económicos.

En referencia a la tercera fianza, esta consta de un importe de 204.198 euros por otra causa judicial también vinculada a la Gürtel en la localidad madrileña de Boadilla del Monte. En este caso, el tribunal de la AN condenó al partido a título lucrativo por haberse beneficiado de 200.000 euros por la red de corrupción. El PP de Feijóo trató de recurrir la sentencia en abril del año pasado pero, finalmente, lo dejó estar.

Del conjunto de 1,47 millones, cabe mencionar que los 29.000 euros restantes que no figuran en las tres fianzas del PP con la justicia, fueron avalador por el Banco Popular y, en concreto, se refieren a, por un lado, las Diligencias Previas 677/14 que continúa en procedimiento en el juzgado de instrucción 1º de San Lúcar de Barrameda (Cádiz) con un valor de 4.000 euros. El segundo de ellos, figura como ‘Procedimiento Abreviado 0000422/2015’ en el juzgado número 3 de Mérida con una cifra mucho más alta: de 20.000 euros.

Las causas del PP en los tribunales

La trama Gürtel, los papeles de Bárcenas o el caso Kitchen son casos judiciales que han estado en primera línea del orden mediático en los últimos años y que salpican, de lleno al PP y que, aún hoy en día, continúan sus procedimientos en el ámbito judicial.

En relación con la Kitchen, cabe recordar que, recientemente, el PSOE ha recurrido un auto de apertura de juicio oral, el cual conduce el magistrado Manuel García Castelló, para impugnar “la exclusión del PP como partícipe a título lucrativo”, condenado a la par que la decisión del juez de dejar fuera a los populares es “contraria a la ley”. En esta causa se investigó la operación parapolicial dentro del partido y que se activó, supuestamente, para sustraer a Bárcenas.

Castelló, a mediados de este mes de octubre, sentó en el banquillo a parte de la cúpula del Ministerio de Interior de Mariano Rajoy, abriendo así juicio oral contra el exministro Jorge Fernández Díaz. La resolución del titular del Juzgado Central de Instrucción número seis incluye todos los delitos planteados por las acusaciones y que incluyen delitos de descubrimiento y revelación de secretos, prevaricación, omisión del deber de perseguir los delitos, cohecho, tráfico de influencias, malversación, encubrimiento, contra la intimidad y obstrucción a la justicia. En el caso del PSOE, Podemos y de la familia Bárcenas, además, añaden los de organización criminal o asociación ilícita, entre otros.

Para García Castellón, los diferentes relatos de los escritos de acusación, con sus correspondientes calificaciones penales, resultan, en principio, adecuados, todo ello sin perjuicio de lo que resulte de la fase de juicio oral.