Mercadona utiliza desde el pasado 1 de julio un sistema de reconocimiento facial en 40 supermercados de Mallorca, Zaragoza y Valencia para detectar a aquellas personas que tienen sentencias cautelares u órdenes de alejamiento contra la propia empresa o alguno de sus trabajadores.

 Sin embargo,  la medida ha acarreado polémica entre los expertos en la materia y la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), quienes llevarán a cabo una investigación de oficio al considerar como ilegal dicha práctica.

¿Cómo funciona al reconocimiento facial?

Esta sofisticada tecnología, según ha explicado un experto en protección de datos a El País "coteja la imagen de la persona  que entra al recinto con una base de datos, genera una alerta que será contrastada por un equipo de seguridad para después alertar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado". Si bien la empresa mantiene que el software que utiliza está totalmente permitido por parte de AEPD y que las fotos se eliminan  a los 0,3 segundos, los especialistas sostienen que el sistema contribuye en sí un vacío legal que podría ser susceptible de sanción.

¿Por qué podría ser ilegal?

Los expertos explican que la normativa establece distintos tipos de normativa en función del reconocimiento que se lleva a cabo sobre una persona. Curiosamente, la normativa del reconocimiento facial es una de las más estrictas: "Es polémico porque, además de que no es una tecnología perfecta y falla, esta es capaz de identificar a personas en cualquier contexto. Las caras se pueden reconocer a distancia a diferencia de lo que ocurre con otro tipo de técnicas biométricas como el iris o la huella dactilar", explica Álvaro Orts Ferrer, abogado experto en privacidad y director de Orts Consultores.

¿Cumple entonces con la legislación?

Jorge García Herrero, delegado de protección de datos mantiene que esta medida es legal siempre y cuando se encuentre al servicio público tal y como en este caso anuncia Mercadona a través de un cartel. Sin embargo, insta que el uso que Mercadona hace de él no es en pos de la ciudadanía, sino de la corporación. "Hubiera sido más respetuoso con la realidad haberlo reconocido y articulado así", reconoce.

Habla, además, de que la campaña no excluye, sino que también recurre a la fotografía de los sectores más vulnerables, como los niños, vulnerando así los datos de los más pequeños.

En esta línea, Alfonso Pacheco Cifuentes, abogado especializado en protección de datos y copropietario del blog Privacidad Lógica dice que "“el sistema tiene que estar muy bien montado para evitar situaciones no justificadas” referidas también a la localización territorial del centro ya que dice, no tendría sentido, que se hiciera control a personas que nunca antes han comprado ahí.

¿A qué se enfrenta Mercadona si infringe la protección de datos?

En caso de que se considerara que Mercadona está infringiendo la Ley, este podría responder de una multa de hasta 20 millones de euros (el 4% de su ganancia total anual), obedeciendo así al artículo 83.5 del Reglamento General de Protección de Datos, tal y como ha señalado a El País el propio Pacheco, quien teme que esta tecnología puede vulnerar también el derecho al honor en caso de que se detenga a la persona equivocada delante de todo el mundo fruto de los prejuicios sociales.