La llegada de un hijo es un momento de alegría y cambio significativo en la vida de cualquier familia. Para garantizar que este periodo de transición sea lo más llevadero posible, en muchos países, incluyendo España, se han establecido políticas y ayudas a la maternidad para brindar apoyo a las madres y padres en este proceso. Una de ellas es la Prestación por maternidad, un subsidio que proporciona respaldo económico a las madres recientes o adoptivas durante el tiempo en el que están de baja por maternidad, este año 2024 denominado "Permiso por nacimiento y cuidado del menor". Dicha baja puede prolongarse hasta las 16 semanas, o 17 en los casos más especiales.

En el pasado, tanto los permisos como las ayudas relacionadas con el nacimiento o adopción de un hijo eran distintas para los padres y para las madres. Esta diferenciación se basaba en la suposición de que la madre requeriría un período de descanso más largo en las primeras semanas y, además, de que la responsabilidad de los cuidados del niño recaería casi en su totalidad sobre ella.

No obstante, gracias a los avances sociales, en la actualidad los padres y las madres, independientemente de su género, tienen igualdad de derechos para acceder a los mismos tipos de prestaciones y permisos. Esta igualdad se aplica tanto a parejas heterosexuales como a parejas del mismo género, lo que representa un avance significativo en nuestra sociedad. De esta forma, cuando se nombre la prestación por maternidad en este artículo, se hará referencia tanto a la que pueden solicitar y percibir las madres como los padres.

¿Cómo solicitarla?

La prestación por maternidad puede ser otorgada a las madres y padres recientes o que acaban de adoptar y es una ayuda que gestiona la Seguridad Social. Para acceder a ella y continuar recibiendo ingresos mientras se está de baja por maternidad, se puede cumplimentar la solicitud de dos maneras diferentes:

  • Solicitud a través de internet: Para una gestión cómoda, se puede solicitar a través de la Sede electrónica de la Seguridad Social. Esto requiere el uso del Certificado digital o el DNI electrónico.
  • Solicitud presencial: Si se opta por el trámite en persona, se tendrá que llevar la solicitud al Instituto Nacional de la Seguridad Social.

¿Quién puede pedir la prestación por maternidad y cuáles son los requisitos?

Existe una serie de requisitos que el o la solicitante deberá cumplir para acceder a la prestación por maternidad, siendo el primero de todos haber tenido un hijo o haber adoptado o acogido a un niño menor de 6 años del que se tendrá la custodia durante al menos 1 año. Además, es necesario que la situación de quien quiera solicitar dicha ayuda se ajuste a lo siguiente:

1. Hay que estar afiliado y en alta en la Seguridad Social, o en situaciones "asimiladas al alta".
2. Es preciso mantener al día el pago de las cuotas con la Seguridad Social.

El período de trabajo requerido, es decir, el número de días que tienes que haber trabajado para poder cobrar esta prestación, varía según la edad de la madre (o padre) en el momento del parto o la adopción:

  • Si la madre tiene menos de 21 años no se exigirá un número mínimo de días trabajados.
  • Si la madre tiene de 21 a 26 años se requerirán 90 días de trabajo en los últimos 7 años o 180 días en total.
  • Si la madre tiene más de 26 años se necesitarán 180 días de trabajo en los últimos 7 años o 360 días en total.

¿Cuándo se cobra?

La prestación por maternidad se cobra habitualmente el último día hábil del mes. No obstante, si este día cae en festivo, el cobro se realizará el siguiente día hábil. Es el Instituto Nacional de la Seguridad Social el que hace este pago a mes vencido.

¿Cuánto se percibe en la prestación por maternidad?

En cuanto a la cuantía, el o la solicitante recibirá cada mes el 100% de la base reguladora de la prestación por "incapacidad temporal" de las contingencias comunes. Para averiguar la cifra concreta tan solo hay que buscar este valor en la nómina del mes anterior. Los autónomos pueden saber cuánto les corresponde de prestación por maternidad de la misma manera, independientemente del sector en el que trabajen. Normalmente la cuantía en estos casos es menor porque suelen cotizar el mínimo posible.

La duración de la prestación por maternidad es de hasta 16 o 17 semanas. Antes del parto la madre puede cogerse hasta 4 semanas, tras el parto es obligatorio cogerse las siguientes 6 semanas, y después de las semanas obligatorias y hasta que el niño o niña cumplan un año se podrán repartir el resto de días, que deberán ir en bloques seguidos de una semana. Por otra parte, en el caso de las adopciones internacionales, es posible adelantar hasta 4 semanas el pago de la prestación por maternidad. 

¿Se puede prorrogar el permiso de maternidad?

En situaciones específicas, el número de semanas de permiso por maternidad puede aumentar, aunque solo en casos en los que la carga de trabajo familiar sea mayor de lo normal, como puede ser en estas circustancias:

  • Si el hijo es discapacitado se podrá prorrogar una semana más.
  • Si se tiene más de un hijo, el permiso aumentará una semana extra por cada hijo, siempre a partir del segundo.
  • Si el parto es prematuro o requiere de hospitalización el número de semanas variará en función de las circunstancias.

El subsidio especial por maternidad

Si no has podido cotizar lo suficiente para obtener la prestación por maternidad, existe una ayuda dirigida a aquellas mujeres que no cumplan con los requisitos de días cotizados anteriormente mencionados. Sin embargo, para optar a este subsisdio especial por maternidad hay otros requisitos que será necesario cumplir (similares a los que se exigen para acceder al paro): 

  1. Estar afiliada a la Seguridad Social.
  2. Tener pagadas todas las cuotas de las Seguridad Social.

La cuantía del subsidio se basa en el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que varía ligeramente cada año. En 2023, el valor del IPREM es de 600 euros mensuales (7.200 euros anuales con 12 pagas y 8.400 euros anuales con 14 pagas).

El pago se realiza durante los 42 días posteriores al parto. Asimismo, es una ayuda que puede extenderse en situaciones específicas como son la de familia numerosa, familia monoparental, parto múltiple (dos o más niños) o discapacidad igual o superior al 65% de la madre o el hijo.

¿Qué documentación se necesita?

Para poder completar la solicitud del subsidio especial por maternidad, que se lleva cabo a través de la Seguridad Social, tendrás que adjuntar la siguiente documentación:

  • Informe de maternidad.
  • Libro de familia o certificado del Registro Civil que refleje la inscripción del hijo o hijos.
  • Certificación de cotizaciones a la Seguridad Social y, en el caso de los autónomos o trabajadores por cuenta propia, la declaración de la situación de la actividad.
  • Documentos justificativos, como título de familia numerosa o certificado de discapacidad, si corresponde.

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