Hacienda ha ganado la partida a El Rubius en un juicio por pagar una cantidad inferior a lo debido en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Fíisicas (IRPF) en su declaración del año 2013. El youtuber, de nombre real Rubén Doblas, tributó sus ingresos a través de su empresa en vez de atribuírselos a él mismo, por lo que utilizó el Impuesto sobre Sociedades, con un porcentaje más bajo que el imponible a las personas físicas, para abonar una menor cantidad de dinero al organismo fiscal público, tal y como detalla la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a la que ha tenido acceso ElPlural.com.

En aquella época, hace nueve años, el joven ya era una figura popular en la comunidad hispana de Internet por los trabajos audiovisuales que publicaba en su canal de YouTube. Años después de sus inicios en la plataforma de vídeo, El Rubius fue el primer youtuber español en alcanzar el millón de suscriptores, manteniéndose en el primer puesto desde entonces.

Ahora, con más de 40 millones de seguidores en su cuenta de la mencionada plataforma, el tribunal madrileño se ha decantado por la postura de Hacienda frente a la de Rubén Doblas, evidenciando así que tanto él como su empresa tributaron incorrectamente sus ingresos. Según la sentencia del caso, que no es firme y todavía recurrible ante el Tribunal Supremo, “los rendimientos obtenidos estaban sometidos al IRPF y no al Impuesto sobre Sociedades (…), debiendo ser imputada la cantidad resultante al socio persona física para que tribute por el IRPF”.

Tributación por Sociedades en vez de IRPF

Después de un análisis de la actividad tanto laboral como empresarial de El Rubius, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha considerado erróneas las cantidades abonadas en su IRPF por situarse por no ajustarse a la totalidad de lo que realmente debería haber declarado y haberlo hecho por debajo, ya que sus “servicios prestados a la sociedad vinculada eran los mismos que ésta prestaba a terceros” a través del trabajo del propio youtuber.

“En el ejercicio de 2013, los ingresos percibidos por Snofokk S.L.”, empresa de la que El Rubius era socio mayoritario con más de un 98%, “ascendieron a 230.344 euros”, cuyo valor de mercado, según lo dispuesto en el fallo de los magistrados, lo sitúan en casi 197.000 después de “deducir los pertinentes gastos”, mientras que señalan que la sociedad únicamente retribuyó al youtuber con algo menos de 99.000 euros.

El concepto del pago recibido por El Rubius desde su propia empresa es el de “prestación de sus servicios profesionales” y, al ser “coincidentes con los que la sociedad prestaba a terceros independientes, que consisten en la intervención directa” del youtuber en actividades como su participación en vídeos, eventos y promociones, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha sentenciado a favor de Hacienda. El criterio de ambos organismos concluye que el investigado recibió unos ingresos por parte de su propia empresa muy inferiores al valor de mercado que él mismo había acordado con sus clientes y, por lo tanto, pagó una cantidad más baja de impuestos al tributar por el Impuesto sobre Sociedades en vez de por el IRPF.