El pasado 28 de marzo de 2025, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) absolvió al exfutbolista Dani Alves del delito de agresión sexual por el que había sido condenado previamente a cuatro años y medio de prisión. La decisión del TSJC se basó en la consideración de que el testimonio de la denunciante presentaba inconsistencias y no era lo suficientemente fiable para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado. ​

La sentencia ha generado una amplia variedad de reacciones en la esfera pública y política. María Jesús Montero, vicepresidenta primera del Gobierno y ministra de Hacienda, calificó la absolución como una "vergüenza", criticando que aún se cuestione el testimonio de las víctimas y se priorice la presunción de inocencia sobre las denuncias de mujeres jóvenes y valientes que deciden denunciar a figuras poderosas. ​

Estas declaraciones han provocado respuestas de diversos sectores. Todas las asociaciones de jueces y fiscales de España emitieron un comunicado conjunto apelando a la "responsabilidad institucional" y solicitando respeto y respaldo a la labor judicial, enfatizando la importancia de la independencia judicial y la presunción de inocencia como pilares fundamentales del Estado de derecho. ​

Cronología del Caso Dani Alves

El caso comenzó a principios de 2023, cuando una joven de 23 años denunció a Dani Alves por una supuesta violación ocurrida en el baño de una zona VIP del conocido local nocturno. La denunciante aseguró que el futbolista la llevó con engaños al lavabo y allí la forzó sexualmente. La contundencia de su declaración, unida a las pruebas forenses y al hallazgo de ADN de Alves en el cuerpo y la ropa de la joven, llevaron a su detención y posterior ingreso en prisión preventiva sin fianza. El riesgo de fuga fue determinante para esta decisión, dada su doble nacionalidad brasileña y española, además de sus recursos económicos y su condición de figura internacional.

Durante el juicio celebrado en febrero de 2024, el tribunal de la Audiencia de Barcelona consideró probado que Alves había cometido una agresión sexual, aunque descartó el uso de violencia extrema o lesiones visibles. Pese a ello, la sentencia fue considerada un precedente relevante por valorar como suficiente la declaración de la víctima, sin necesidad de pruebas físicas adicionales, siempre que existiera coherencia en el relato. La condena no fue firme y la defensa del exjugador recurrió al TSJC.

En marzo de 2024, apenas semanas después del juicio, Alves abonó una fianza de un millón de euros que permitió su salida de prisión bajo estrictas medidas cautelares. Se le retiraron los pasaportes, se le prohibió salir de España y mantener contacto con la víctima, mientras se resolvía el recurso en segunda instancia.

Un año después, la Sala Penal del TSJC ha estimado el recurso de la defensa y ha dictado sentencia absolutoria. En ella, los magistrados consideran que la versión de la denunciante no cumple los criterios de verosimilitud exigidos en derecho penal para destruir la presunción de inocencia. Aunque reconocen elementos que podrían generar sospechas, el tribunal entiende que no existe prueba suficiente para una condena firme, atendiendo a las garantías procesales del acusado.

¿Dónde está el límite entre la crítica política y el respeto judicial?

En este contexto, cabe preguntarse: ¿dónde está el equilibrio entre el respeto a las resoluciones judiciales y la legítima crítica institucional? ¿Debería una representante del Gobierno expresar tan abiertamente su rechazo a una sentencia firme? ¿Qué impacto tiene todo esto en la confianza ciudadana en la justicia? Para conocer tu opinión sobre este caso y las reacciones que ha generado, te invitamos a participar en la siguiente encuesta.

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