La Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) ha lanzado una advertencia sobre la presencia de gluten no indicado en el etiquetado de varias barritas proteicas de la marca BioTechUSA, en distintos sabores. La notificación se ha originado a partir de una alerta emitida por las autoridades sanitarias de Dinamarca y canalizada a través de la Red de Alerta Alimentaria Europea (RASFF).
Entre los productos afectados se encuentran las barritas ‘Protein Bar pisztácia Angol Nevek’ de 70 gramos (lote 1284729, caducidad 10/01/2026); ‘Protein Bar banana’ de 70 g (lote 1281206, caducidad 10/01/2026); y varias versiones del producto Choco Pro 50 g double chocolate, como los lotes 1287587 (caducidad 27/01/2026) y 1289075 (caducidad 28/02/2026).
También se incluyen otros sabores como ‘Protein Dessert Bar 50 g Black Biscuit’ (lote 1287589, caducidad 23/01/2026), ‘Crunchy Caramel’ (lote 1287588, caducidad 27/01/2026), ‘Coconut Dream’ (lote 1287583, caducidad 21/02/2026), ‘Double chocolate’ en formato 70 g (lote 1287586, caducidad 23/01/2026), ‘Salted caramel’ (lote 1289078, caducidad 12/03/2026) y ‘Triple Chocolate’ (lote 1286616, caducidad 28/02/2026).
De acuerdo con la información disponible, la distribución inicial se ha realizado en Cataluña, Cantabria, Comunidad Valenciana, Comunidad de Madrid, País Vasco, Canarias y Andalucía, aunque no se descarta que haya llegado a otras regiones mediante redistribución.
La AESAN ha subrayado que estas barritas no comportan ningún riesgo para el resto de la población, pero insta a las personas que padecen intolerancia o sensibilidad al gluten a que se abstengan de consumir los productos afectados en caso de tenerlos en casa.
La alerta ha sido transmitida también a través del Sistema Coordinado de Intercambio Rápido de Información (SCIRI), con el fin de verificar que los lotes implicados sean retirados del mercado cuanto antes.
Un error grave en el etiquetado
La presencia de gluten no declarado constituye una infracción grave de la normativa europea de etiquetado alimentario, que exige informar claramente sobre los alérgenos para proteger a los consumidores con necesidades dietéticas específicas. Así, la normativa europea sobre etiquetado alimentario se rige por el Reglamento (UE) nº 1169/2011, que establece los principios y requisitos para la información alimentaria facilitada al consumidor.
El cumplimiento del mismo tiene unos objetivos claros, garantizar un alto nivel de protección de los consumidores en relación con la información alimentaria y así, asegurar que puedan tomar decisiones informadas y evitar prácticas que puedan inducir a error. De este modo, el reglamento exige que todo etiquetado debe incluir una información que es obligatoria y que debe presentarse de manera clara y legible, con un tamaño mínimo de letra para garantizar su visibilidad. Entre la información obligatoria se encuentra:
- Denominación del alimento.
- Lista de ingredientes, cualquier ingrediente o coadyuvante tecnológico que cause alergias o intolerancias utilizado en la fabricación o preparación del alimento y que siga estando presente en el producto acabado, aunque sea en una forma modificada.
- Cantidad de determinados ingredientes o categorías de ingredientes.
- Cantidad neta del alimento.
- Fecha de duración mínima o fecha de caducidad.
- Condiciones especiales de conservación y/o condiciones de utilización.
- Nombre o razón social y dirección del operador de la empresa alimentaria.
- País de origen o lugar de procedencia cuando su omisión pueda inducir a error al consumidor.
- Modo de empleo, cuando sea necesario.
- Información nutricional.
De la misma manera, es obligatorio destacar los alérgenos presentes en los alimentos, como cereales que contienen gluten, crustáceos, huevos, pescado, cacahuetes, soja, leche, frutos de cáscara, apio, mostaza, granos de sésamo, dióxido de azufre y sulfitos, altramuces y moluscos. Estos deben resaltarse en la lista de ingredientes mediante una tipografía que los distinga claramente del resto del texto.