La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha decidido absolver a un varón de 24 años del delito de abuso sexual con el que se enfrentaba a nueve años de cárcel solicitado por el Ministerio Fiscal.

La Sala ha concluido que tras probar que tanto la joven como él practicaron el acto sexual, ponen en duda que él lo hiciera abusando de su "ligero retraso mental" que había sostenido en el juicio el fiscal.

De esta manera, la resolución judicial exime al joven de 24 años de los nueve años de cárcel pedidos por el fiscal, después de que los forenses decidieran que la minusvalía que sufría la joven no influía en su capacidad para decidir sobre su libertad sexual.

La denunciante había asegurado que, en la tarde del 25 de julio de 2019, tuvieron un encuentro sexual en "una pequeña casa de campo" de su propiedad y declaró que "se tumbó con el denunciado sobre unos cartones; entre risas y gritos de ambos, él la tocaba, y ella le decía, estate quieto".

La Sala ha recordado que, en aplicación del principio acusatorio, "queda excluida la comisión mediante violencia o intimidación". Algo que, aunque el fiscal no propuso, sí trató de exponer la falta de consentimiento de la joven y con la que trató de acogerse a la tesis sobre la Ley de sólo sí es sí.

La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha decidido sentenciar que lo ocurrido entre el denunciado y la denunciante aquella tarde en el baño “sólo sería explicable mediante una conducta violenta que el propio Ministerio Fiscal ha rechazado en sus conclusiones definitivas, y que además no se ha probado en el juicio”. El fiscal podría presentar un recurso de apelación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.