La Audiencia de Sevilla ha emitido una sentencia condenatoria de 22 años y siete meses de cárcel a Alfredo G.C., un ciudadano de origen boliviano, por el asesinato de su pareja sentimental en 2022. El trágico suceso ocurrió en la vivienda que ambos compartían en la calle Ágata de la capital andaluza. Tras cometer el crimen, el condenado escondió el cuerpo de la víctima entre los juncos del río Guadalquivir, en la zona de San Jerónimo.
El juicio, llevado a cabo por un jurado popular el pasado mes de septiembre, reveló detalles perturbadores sobre el comportamiento del acusado. Alfredo G.C. argumentó que actuó bajo los efectos del alcohol y movido por un arrebato de celos, aunque aseguró que "nunca" tuvo la intención de matar a su pareja y expresó su arrepentimiento pidiendo perdón a la familia de la víctima.
El jurado estableció que la víctima y el condenado habían reanudado su relación sentimental y convivían en la misma vivienda desde febrero de 2022. Durante una celebración el 24 de abril, el acusado notó marcas en el cuello de su pareja que lo llevaron a un estado de ira. Tras una acalorada discusión, donde la víctima le recriminó por su actitud, Alfredo G.C. la agredió físicamente, aunque fue detenido por otros presentes antes de que pudiera continuar.
El condenado robó más de 8.000 de la cuenta de su mujer tras asesinarla
La situación escaló trágicamente esa misma noche cuando, aprovechando que los invitados dormían, el acusado asfixió a su pareja en el dormitorio que compartían. La forma en que llevó a cabo el asesinato fue particularmente brutal, ya que utilizó su propio cuerpo para inmovilizarla y un objeto no identificado para estrangularla.
Además de ser condenado por asesinato con las agravantes de parentesco y género, Alfredo G.C. fue encontrado culpable de un delito continuado de estafa. Tras el asesinato, utilizó la tarjeta bancaria de la víctima para sustraer un total de 8.140 euros de su cuenta, de los cuales solo se han recuperado 5.000 euros.
Finalmente, la Audiencia ha dictaminado que las penas se cumplan en España, y que, una vez el condenado pueda acceder al tercer grado penitenciario o a la libertad condicional, se procederá a su expulsión del país y se le prohibirá retornar durante ocho años. Además, se le ha impuesto una prohibición de acercarse o comunicarse con el hijo de la víctima durante 32 años y diez meses.