El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado el acuerdo de aprobación definitiva de la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) relativo al área que afecta al estadio Wanda Metropolitano del Club Atlético de Madrid.

En una sentencia, el Tribunal anula dicho acuerdo relativo al área de ordenación especial del Parque Olímpico-sector oeste y el estadio de La Peineta en el distrito de San Blas-Canillejas de Madrid.

La resolución estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Asociación Señales de Humo contra el citado acuerdo. En el procedimiento figuraban como demandados el Ayuntamiento y la Comunidad de Madrid y, una vez iniciado, se personó en el mismo el Atlético de Madrid, que se opuso a la demanda planteada por Señales de Humo.

No consta el beneficio para el interés general

La Asociación Señales de Humo es una organización independiente fundada en 2002 y formada por seguidores rojiblancos que, según explica en su página web, "pretende defender la esencia del Club Atlético de Madrid de acuerdo con su historia, carácter y afición".

En su sentencial el Tribunal concluye que hubo "desviación de poder" por parte del Ayuntamiento de Madrid en el cambio de uso del suelo en el que se asentaba La Peineta, de "deportivo singular público" a "deportivo privado" para que el Altético pudiera comprar la parcela, que hasta entonces era de propiedad municipal.

La asociación denunció "desafectación de sistemas generales en interés privado", ya que "la nueva solución propuesta en modo alguno mejora la ordenación estructural, ni su capacidad o funcionalidad para afirmar una superación en el bienestar de la población, que, por ende, se ve privada del uso de un polideportivo público en beneficio de un uso particular y privado".

El TSJ de Madrid admite también el planteamiento de Señales de Humo en lo que respecta a irreularidades en la calificación del suelo, problemas con la Ley del Ruido y omisión en el procedimiento de un informe sobre impacto de género. El tribunal considera que "se actuó con arbitrariedad al aprobarse la modificaciónobjeto de impugnación" y que "no queda constancia del beneficio para el interés general" .

La sentencia habla de "falta de motivación de la modificación y su déficit de análisis y previsión de las necesidades de la ciudad en relación con un sistema general de unas especiales características que prácticamente se diluyen en zonas verdes y parcelas vinculadas a una dotación privada que sustituye a una pública". 

El tribunal no ha respaldado un único punto del recurso de Señales de Humo, el referido al aparcamiento, ya que esta plataforma defiende que puesto que el estadio tiene una edificabilidad de 151.000 metros cuadrados deberían haberse construido 2.272 plazas en el interior de la parcela en vez de las 1.092 que se hicieron y el TSJM no ha entrado a valorar este aspecto.

El Ayuntamiento lo aprobó en 2016

En diciembre de 2016, el Ayuntamiento de Madrid aprobó, en un pleno extraordinario, la modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) para sustituir la calificación del suelo en que se había construido La Peineta de deportivo público por dotacional deportivo privado y permitir así que el Atlético pudiera adquirirlo. Fue aprobado con los votos a favor de Ahora Madrid, PP y Ciudadanos y la abstención del PSOE.

La modificación fue refrendada por la Comisión de Urbanismo de la Comunidad de Madrid de la entonces presidenta Cristina Cifuentes, que no apoyó el plan en un primer momento por "un error a la hora de hacer los cálculos de metros edificables", pero lo avaló en un segundo estudio.

En mayo de 2017, el Ayuntamiento aprobó la venta del estadio a la entidad deportiva por 60 millones de euros, de los que 30,4 millones fueran abonados en efectivo en tres anualidades y el resto hasta completar el importe fijado corresponde al coste estimado de las obras de urbanización de los accesos y la construcción de 4.000 plazas de aparcamiento de uso público.