Es una información que ha revelado El País. Las modificaciones que el Gobierno de España introdujo en la normativa a través de decreto de creación y reconocimiento de universidades, aprobado en octubre de 2025, habían encontrado el rechazo de distintas instituciones privadas. Un desacuerdo que se materializó a través de los recursos presentados contra el mismo. Si bien, tras el proceso judicial iniciado por la universidad Hespérides ubicada en Canarias, en la cual sus alumnos atienden a clase a distancia, y otros cuatro centros educativos que cuentan con sede en España, como son CIS, Schiller, Saint Louis y Francisco Marroquín, el Tribunal Supremo (TS) ha optado por rechazar las medidas cautelares solicitadas para tumbar la nueva normativa.
Tal y como ha dado a conocer El País, el TS no da pie, según se indicaba en dos autos del 27 de enero, a las reclamaciones presentadas contra importantes puntos de este decreto, que se conoce como "anti-chiringuitos". De esta manera, el tribunal considera que no hay motivos para tumbar las modificaciones que pretende introducir el Real Decreto de octubre de 2025 al señalar que no hay “un grave perjuicio para el interés público”. No solo las cinco universidades mencionadas se habían mostrado contrarias a la aplicación de estas medidas, sino que los Ejecutivos autonómicos de Madrid, Aragón y Extremadura también habían expresado su rechazo.
Mediante la introducción de cambios en la normativa existente, el Gobierno de España puso freno a la indiscriminada solicitud de nuevas titulaciones que muchas universidades privadas llevaban a cabo, así como evitar que realicen importantes modificaciones en aquellas con las que ya cuentan. Según se indica en las modificaciones aprobadas en octubre del pasado año, los campus no pueden pedir “un número de verificaciones de nuevas titulaciones oficiales o de la modificación sustancial de las mismas superior a una quinta parte del número de titulaciones de grado y del máster universitario con las que cuentan”. No solo eso, sino que, además, si al pedir un nuevo grado que impartir en su centro docente, si no se le concede la autorización, no podrá volver a hacer la solicitud durante un año.
A parte de este punto, tampoco decae otro apartado que indica que, si una universidad que cuente con menos de cinco años de actividad desea contar con más titulaciones oficiales en su cartera de las que aparecían en su memoria, esta deberá disponer de la autorización de la comunidad autónoma en la que se encuentre ubicada o los informes favorables del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, así como de la Conferencia General de Política Universitaria (CGPU) en el caso de centros “de especiales características”, que vendrían a ser, por ejemplo, los que ofrecen sus lecciones a distancia.
El Tribunal Supremo, en los autos redactados, tampoco ve recorrido a la petición de revocar el requisito solicitado de que universidades con sede social en España, y con docencia exclusiva o mayoritaria online, se encuentren en situación de garantizar en su memoria que un mínimo del 75% de su personal docente e investigador se halle residiendo en España o en la UE. Así, con este condicionante, el Gobierno busca tener certeza de que el claustro de estos centros educativos cuenta con los estándares del sistema universitario español. Además, en las modificaciones introducidas por el Real Decreto se pide que las universidades de nueva creación, a los seis años de actividad, sean capaces de alegar que cuentan con más de 4.500 inscritos.
Entre las universidades que habían solicitado medidas cautelares a este Real Decreto de octubre de 2025, Hespérides, que había denunciado una "lógica burocrática de cupos", choca contra el Tribunal Supremo. Este centro educativo, que superaba por la mínima algunos de los requisitos, como el del profesorado, aseguraba que los cambios introducidos limitan la capacidad de las nuevas universidades para competir con las más antiguas.
La universidad Hespérides, a la que el Tribunal Supremo ha impuesto las costas procesales, fue aprobada en el 2019 por el parlamento canario, a pesar de contar con un informe contrario redactado por el ministerio y emitido por la Conferencia de Política Universitaria. Según los datos oficiales ofrecidos por El País y correspondientes al curso 2023/2024, en su primer año de actividad de este centro contaba con 98 alumnos en grado y 34 en máster. No obstante, no hay cifras relativas al 2024/2025, algo que el TS le ha reprochado alegando que debía de haber acreditado esta información, "para que la Sala pudiera valorar la irreversibilidad alegada, la fecha de inicio de actividades, el número inicial de alumnos y la proyección de crecimiento recogida tanto en su memoria de verificación como en cualquier otro documento posterior”.
Además de tumbar las medidas cautelares reclamadas por Hespérides, el Tribunal Supremo tampoco da pie a las reclamaciones realizadas por las otras cuatro universidades extranjeras mencionadas al principio.