La decisión de los nueve jurados del trajegate resultó controvertida desde el primer momento. Se habló de presiones sobre ellos, de las peculiaridades que aportaba el caso por la personalidad e historia de Camps y Costa, así como de los precedentes, ya que había dos condenados por los mismos hechos tras haberse declarado culpables... También resultó muy contestada la sentencia por razones legales.

No hubo la maoría de jurados favorables a la absolución
En principio el Supremo aceptó la reclamación contra la sentencia por dos razones. Primero, la absolución no había logrado la mayoría de votos necesaria que exige la ley. Y también se dudaba de la solidez de las motivaciones sobre las que se había llegado a la absolución.

Sobre el primer punto, la ley exige que una decisión condenatoria esté respaldada por al menos 7 de los 9 miembros del jurado, mientras que una absolutoria debe obtener el respaldo de al menos 5 de ellos. En este caso, no se había alcanzado ese número mínimo de 5 jurados favorables a la absolución del expresidente valenciano.

El Supremo dificilmente revierte una sentencia absolutoria
Hace unas semanas, en una reunión del pleno de la Sala Segunda del Supremo, la de lo penal, se estudió el caso y se decidió que, puesto que era una sentencia absolutoria, el resultado del jurado (4 miembros se mostraron a favor) recomendaba no rectificar la decisión del jurado. Juristas con los que ha hablado ELPLURAL.COM aseguran que en caso contrario, de haber sido de condena y no haber alcanzado el veredicto los 7 jurados que se precisa, la sentencia del Supremo hubiera sido diferente, ya que tiende a 'protegerse' al juzgado.

Hoy lo que veía el Supremo es la segunda razón por la que se había admitido el recurso, la debilidad de la motivación jurídica en la decisión del jurado. De nuevo, la previsión que dan a ELPLURAL.COM en fuentes jurídicas cercanas al CGPJ, es que aunque es cierto que esas motivaciones pueden parecer débiles, la decisión tiende a ser favorable a no ordenar la repetición de un proceso cuando éste ha concluido con una sentencia favorable al juzgado.