Cuándo se cumplen cinco días desde el fallecimiento de Mmame Mbaye, el mantero senegalés que murió por un infarto en Lavapiés, descubrimos que son muchas las polémicas que ha abierto el suceso. No sólo por los enfrentamientos vividos entre la Policía y manifestantes en el madrileño barrio; sino porque las circunstancias que han rodeado su muerte se han convertido en una cuestión política.

Podemos ha presentado una propuesta de ley para conseguir la despenalización de la actividad de los manteros y es que, desde que se aprobara la Ley Mordaza del PP en diciembre de 2014, los manteros pasaron a ser delincuentes que se enfrentan a penas de cárcel y a contar de por vida con antecedentes penales en sus historiales policiales.

Con la llegada de la Ley de Seguridad Ciudadana, comúnmente conocida y denunciada como Mordaza, se produjo la desaparición del Libro III del Código penal referido a la falta. En otras palabras, lo que antes era considerado como una falta, con la Ley Mordaza se convierte en un delitos leve a tratar por lo penal.

Así, los manteros pasan a ser tratados como delincuentes, olvidando su situación personal, las discriminaciones que viven o que este tipo de actividad se convierte, como denuncian las asociaciones de manteros, en su “única salida para sobrevivir”.

¿Cómo afecta la Ley Mordaza a los materos?

Si acudimos a la ley del Partido Popular podremos ver cómo “ocupar la vía pública por la venta ambulante” está considerado y tipificado como delito leve penalizado con multas que van entre los 100 y los 600 euros; unas cantidades que una persona que se dedica a este tipo de actividad como forma de sobrevivir difícilmente podrá llegar a pagar.

Pero lo más importante es que también supone una pena de cárcel. Gracias a la reforma del PP, los manteros se enfrentan a penas de entre seis meses de prisión hasta los dos años. Al ser ahora un delito penal, estas personas tendrán antecedentes penales.

Además, la Ley Mordaza equipara a los manteros con el movimiento Okupa por “ocupar un inmueble sin el consentimiento del propietario” o “entidades bancarias” o con las personas que pueden llegara “insultar a la policía durante una manifestación”.
 

¿Qué decía antes el Código Penal?

Antes, la venta en el llamado Top Manta conllevaba únicamente una multa administrativa. Así contaba en el Código Penal anterior a la Ley Mordaza, en su artículo 270 dentro del bloque “de los delitos relativos a la propiedad intelectual”.

“Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses quien, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares”, rezaba.

Sin embargo, cuando se trataba de “distribución al por menor”, el caso de los manteros, las cosas cambiaban. El Código Penal aclaraba: “El Juez podrá imponer la pena de multa de tres a seis meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a sesenta días. En los mismos supuestos, cuando el beneficio no exceda de 400 euros, se castigará el hecho como falta del artículo 623.5”.

Imposible la integración, pasan a la “lista negra”

Una de las claves a tener en cuenta y que más subrayan las denuncias de las asociaciones de manteros y defensores de los derechos de los inmigrantes es la imposibilidad de integrase en la sociedad o de encontrar un trabajo digno una vez se tiene antecedentes penales.

No podemos olvidar que, al ser tratada esta actividad como un delito penal, castigado con hasta dos años de cárcel, las personas acusadas y procesadas por venta ilegal llevarán a sus espaldas antecedentes penales que; por poner un ejemplo, les cierra de golpe las puertas a acceder a un empleo público. Y lo más importante, no podrán obtener la nacionalidad española. Una forma más de estigma social, laboral y económico que dificulta la integración de los manteros.

Además, el artículo 43.1 de la Ley Mordaza preveía la creación de un Registro Central de Infracciones contra la Seguridad Ciudadana "a efectos exclusivamente de apreciar la reincidencia".

Es la llamada “lista negra” en la que constan los nombres de las personas condenadas por un delito tipificado en esta ley del PP. Sus datos constarán durante uno o tres años, el tiempo en el que caduca el registro según sea la gravedad del delito.

¿Qué pide la propuesta de Podemos?

A raíz de la muerte de Mmame Mbaye, Podemos ha presentado en el Congreso una proposición de ley bajo el título “Sobrevivir no es Delito”.

Su objetivo es volver a despenalizar la venta de este tipo que sea menor a 400 euros, un giro hacia el anterior Código Penal antes de que fuera modificado por aplicación de la Ley Mordaza.

“Es una situación completamente desproporcionada que busca criminalizar el único medio de subsistencia de un sector altamente vulnerable”, mantienen desde Podemos para defender su propuesta que ha sido criticada y calificada de oportunista.

El partido de Pablo Iglesias también reclama que se eliminen los antecedentes penales de los inmigrantes para que puedan obtener la nacionalidad española. “Es una vergüenza que para que se considere que hay delito fiscal haya que defraudar más de 120.000 euros y a los manteros les puedan caer cuatro años de cárcel”.