Cobrar por el hielo, ofrecer la carta solo en QR o no incluir el IVA en el precio de los platos. Estas son algunas de las prácticas que llevan a cabo los restaurantes que muchos consumidores desconocen que son, de hecho, completamente ilegales, tal y como ha indicado la OCU. Debido al desconocimiento y a la normalización de estas prácticas, estos consumidores quedan desprotegidos en estos negocios, motivo por el cual la OCU ha elaborado un listado en el cual se presentan todas y cada una de estas acciones ilegales. 

En general, los locales como bares o restaurantes cuentan con bastante libertad para poner las condiciones bajo las cuales van a prestar sus servicios, siempre que no atenten contra sus derechos o que no estén prohibidas por una norma específica, así como deben informar con claridad y antelación a los usuarios para que no se encuentren con sorpresas, como sí ocurre con este listado de abusos de la OCU. Este abarca una amplia gama de acciones que suponen un abuso hacia los consumidores, que van desde cobrar cosas inusitadas hasta imponer limitaciones o restricciones. Por ejemplo, que un restaurante cobre por el hielo de un café. También que al cliente se le indique que no puede pagar con tarjeta su cuenta o que, a la hora de revisar el recibo, aparezca una cantidad determinada por servir agua del grifo. 

De la carta en código QR al pago obligatorio de propinas

Tal y como indica la OCU, hay varias prácticas que dejan desprotegidos a los consumidores de estos locales y que son totalmente ilegales. Una de ellas se popularizó tras la pandemia de Covid-19: el uso de QR a modo de cartas sin que estén disponibles en físico o que no esté a disposición de los consumidores la lista de precios visibles. Así, si bien el uso de estos códigos resultó muy útil durante la crisis sanitaria, mantener estos como formato exclusivo de las  cartas hoy en día no es legal, según la organización de consumidores. 

Pero no es el único ilícito recurrente. Otro de ellos que no se debe mantener con los clientes de los establecimientos es que no se acepte el pago en efectivo de la cuenta. De igual forma, en caso de que no se acepte abonar las cantidades que se deben al local a través de este método de pago o que se establezca una cantidad mínima para que el restaurante acepte este, se debe señalar con claridad en el local correspondiente. 

Asimismo, la  ley tampoco permite que los precios que se muestran a los consumidores aparezcan sin el IVA correspondiente a cada producto. Esto no es legal incluso en los casos en los que se coloca en las cartas una indicación de "IVA no incluido".

Otra práctica ilegal habitual es que estos establecimientos impongan el cobro de propinas de forma obligatoria. Estas cantidades, que no dejan de ser una cantidades extraordinarias del total y voluntarias, no se pueden imponer en España. Eso sí, sí que está permitido para los locales informar a los clientes de la posibilidad de hacerlo. 

Los extras que cobran los restaurantes y no deberían

Pese a que tiende a ser habitual, no está permitido que los locales cobren por determinados servicios o productos que, en cambio, los consumidores suelen pagar a la hora del cobro. Por ejemplo, los  restaurantes no pueden cobrar a los cliente por "cubierto" o por servicio, dependiendo de la comunidad autónoma en la que estén por su normativa particular. Igual sucede con el cobro del hielo en el café, la leche o el pan si esto no se refleja en la lista de precios, indicando que el coste es diferente. De igual forma, el agua del grifo de los restaurantes debe ser completamente gratis para los clientes y se debe indicar cual es le precio concreto de los productos de fuera de carta al ofrecerlos. Y tampoco se puede cobrar de más por efectuar una reserva.