El plan de reforma de los subsidios ya esta en marcha y su primera pata comenzará a funcionar desde el día 1 de noviembre de 2024. Así, una de las medidas que engloba esta modificación, llevada a cabo por el Ministerio de Trabajo, consiste en reducir el número de ayudas asistenciales existentes, de forma se pasen de las ocho actuales a cuatro. Según la cartera que dirige Yolanda Díaz, el objetivo en concreto es el de unificar y mejorar el acceso a estas. Asimismo, también contempla un aumento de las cuantías de las prestaciones durante el primer año, a excepción del subsidio por mayores de 52 años. 

Entre los subsidios que van a desaparecer con la reforma de Trabajo en noviembre, se encuentra el subsidio para mayores de 45 años sin cargas familiares, la ayuda familiar y el subsidio por revisión de incapacidad permanente. También se eliminarán aquel destinado a los liberados de prisión y las ayudas extraordinarias por desempleo, que son el Subsidio Extraordinario de Desempleo y la Renta Activa de Inserción. En cambio, las ayudas eliminadas por la reforma de Trabajo pasarán a ser parte del subsidio por agotamiento de la prestación contributiva, que es aquel al que se accede una vez se agota el paro, se sigue sin empleo y con carencia de ingresos. Asimismo, se reducen a cuatro los prestaciones que sobreviven a esta modificación. 

Un cambio en la duración de los nuevos subsidios por desempleo

Dentro de las medidas de la reforma en los subsidios se encuentra una nueva duración de los subsidios por desempleo. Por una parte, afecta al subsidio para los mayores de 52 años, que tendrá carácter indefinido. Esto permite cobrarlo desde que es aceptado hasta el momento en que la persona alcance la edad de jubilación o, en su caso, encuentre un nuevo empleo. Para poder beneficiarse de este, el trabajador deberá presentar por obligación la Declaración Anual de Rentas cada año para que pueda ser renovado. 

Asimismo, cambia el tiempo de aquellas personas que perciban el subsidio destinado a quienes que se les haya terminado la prestación contributiva por desempleo. En concreto, tendrán derecho a beneficiarse de una mayor o menor duración de esta, en función de la edad del desempleado. También de si tiene responsabilidades familiares o no. 

En el caso de aquellas personas que tengan cotizados un mínimo de 90 días por desempleo que, sin embargo, solo puedan optar a la ayuda por insuficiencia de cotización, la duración del subsidio depende de varios factores. En particular de la edad de la persona y si hay responsabilidades familiares, así como del tiempo cotizado. Las duraciones máximas son de tres meses de ayuda para los 90 días cotizados, cuatro meses para los 120 días, cinco meses para 150 días y para los 180 días son seis meses que se pueden renovar hasta un máximo de 21 si hay responsabilidades familiares. 

Nueva reforma, nuevas cuantías

Con la nueva reforma de trabajo, además, se amplían las cuantías durante el primer año para los subsidios que queden. Eso sí, esta irá descendiendo gradualmente. Así, en los seis primeros meses de percepción, el receptor tiene derecho a cobrar el 95% del Indicador Público de Rentas o IMPREM (570 euros). Sin embargo, la cantidad baja al 90% (540 euros) de dicho indicador durante los siguientes seis meses. Al cumplir el año, el importe sería del 80% del IPREM.

E cambio, la cuantía del subsidio para los mayores de 52 años será fija. En concreto, esta corresponderá con el 80% del IPREM. Es decir, sería de unos 480 euros al mes durante todo el tiempo que dura esta ayuda asistencial.