Abril vuelve a ser un mes estresante para millones de españoles, ya que el calendario fiscal toma protagonismo después de Semana Santa con el arranque de la campaña de la declaración de la renta este 8 de abril de 2026, que podrá presentarse online hasta el 30 de junio. Los contribuyentes deberán rendir cuentas por los ingresos obtenidos durante 2025. No se trata de un trámite menor: el pasado año se presentaron cerca de 25 millones de declaraciones, reflejando la importancia y la complejidad de este proceso anual, en el que el popular método del Bizum ha ganado un papel relevante en los pagos.
Como suele ocurrir, cada nueva campaña llega acompañada de dudas, especialmente en lo que respecta a los nuevos métodos de pago digitales. Uno de los más extendidos es el Bizum, utilizado a diario para dividir gastos, pagar servicios o incluso cobrar trabajos. Cada vez más españoles se hacen la pregunta de cómo afectan estos pagos a Hacienda.
Para los particulares, el mensaje es claro: no hay cambios. El hecho de usar Bizum no implica por sí mismo tener que declarar nada. La clave sigue siendo la naturaleza del ingreso, no el medio de pago. Es decir, recibir dinero por Bizum tiene el mismo tratamiento fiscal que hacerlo en efectivo, por transferencia bancaria o con tarjeta. Así, los bizums habituales entre amigos o familiares —como compartir una cena o gastos comunes— no deben declararse.
Sin embargo, la situación cambia para autónomos y empresas. En estos casos, cualquier ingreso recibido mediante Bizum debe incluirse como rendimiento económico exactamente igual que el resto de cobros. Además, este año llega una novedad importante: los bancos comenzarán a informar mensualmente de estos movimientos, aumentando el control y la transparencia fiscal.
¿Quién está obligado a presentar la renta?
Cada año, una de las preguntas más repetidas entre los contribuyentes es quién debe presentar la declaración de la renta. En términos generales, no están obligadas las personas que hayan ganado menos de 22.000 euros anuales procedentes de un solo pagador, siempre que no existan otras circunstancias.
Sin embargo, existen excepciones importantes. Tener más de un pagador, obtener ingresos por alquileres, inversiones o recibir determinadas ayudas públicas puede cambiar esta situación. En el caso de las personas desempleadas, cobrar una prestación por desempleo no obliga automáticamente a declarar si se respetan los límites establecidos.
Eso sí, quienes perciben el Ingreso Mínimo Vital deben presentar la declaración siempre, incluso aunque el resultado sea cero o a devolver.
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