Duro Felguera ha despertado este viernes con una notificación de la Audiencia Nacional por la que suspende el pago de una deuda de 123,38 millones tras la inspección del Impuesto sobre Sociedades entre los ejercicios de 2010 a 2012. La buena noticia para la compañía se ha traducido en subidas en bolsa de casi el 20%.

En concreto, las acciones de Duro Felguera repuntan un 19,47% hasta los 0,98 euros, en máximos de mayo de 2021. La Audiencia Nacional ha suspendido esta sanción a través de un auto con fecha 16 de septiembre, tal y como se detalla en la nota de las cuentas anuales consolidadas que corresponden al ejercicio económico de 2020.

La compañía ha explicado en un comunicado al mercado que esta suspensión está condicionada a la prestación de garantías por parte de la empresa, previamente constituidas en la fase administrativa, ante lo que no se requiere aportar garantías por un importe adicional.

Esta medida cautelar ayuda económicamente a Duro Felguera, que no tendrá la obligación de realizar el pago del importe derivado de la deuda tributaria, al menos mientras se resuelve el recurso contencioso administrativo presentado ante la Audiencia Nacional contra dicha liquidación.

Deuda relacionada con sus operaciones en el extranjero

La Audiencia Nacional confirmó en marzo de 2020 la ilegalidad de la decisión del Tribunal Económico Administrativo Central de no admitir la suspensión solicitada por Duro Felguera en 2017 de la deuda derivada de la inspección, relacionada con el Impuesto de Sociedades abonado por la compañía entre 2010 y 2012.

La deuda tiene su origen en la denegación por parte de la inspección de la aplicación de la exención a las rentas obtenidas por la Unión Temporal de Empresas (UTE) Termocentro, al entender que no operaba en el extranjero.

Duro Felguera ha recalcado en un comunicado que la Audiencia Nacional consideraba, en una sentencia anterior ante un supuesto similar, que el suministro realizado fuera del territorio nacional para un destinatario no español debe considerarse como operar en el extranjero, a favor del contribuyente en este aspecto.

"De esta forma, el criterio de la Audiencia Nacional manifestado en esta sentencia, viene a confirmar la postura mantenida por Duro Felguera sobre este asunto", defiende la compañía en un comunicado.