El Tribunal Supremo ha confirmado la legalidad de la constitución de la sociedad mixta Aigües de Barcelona Empresa Metropolitana de Gestió del Cicle Integral de l'Aigua, integrada por SGAB, CriteriaCaixa y Área Metropolitana de Barcelona (AMB), considerándola ajustada a derecho y desestimando los recursos interpuestos contra su creación.

El Tribunal Supremo ha ratificado la posición de Agbar y del AMB en la gestión del ciclo integral del agua entendiendo que los acuerdos adoptados en 2012 y 2013 por la entidad metropolitana son completamente legales, eficaces y conformes a derecho.

Esta sentencia confirma que Agbar es la única empresa capaz de desarrollar este servicio para los tres millones de ciudadanos de Barcelona y su área metropolitana. Ninguna otra compañía dispone de la titularidad de las infraestructuras e instalaciones imprescindibles para desarrollar este servicio, construidas y financiadas por dicha compañía.

El Tribunal Supremo también ha ratificado la valoración de los activos de Agbar, por un valor de 476 millones de euros, realizada durante la constitución de la empresa mixta y avalada en su momento por los expertos designados del Registro Mercantil. Por otro lado, sentencia que la empresa dispone de los títulos jurídicos válidos y plenos para realizar el suministro domiciliario.

Así, Aigües de Barcelona seguirá prestando el servicio de abastecimiento de agua potable, así como el del saneamiento y depuración, aportados por el Área Metropolitana en el momento de crear la empresa mixta, con las garantías de continuidad, calidad y excelencia como ha hecho hasta ahora y seguirá haciendo hasta el año 2047, según la resolución judicial.

Agbar asegura que, con esta sentencia, la estabilidad y la unidad estarán garantizadas para los 1.154 empleados de la empresa mixta. Además, la compañía confía en que la resolución aporte la estabilidad institucional y la seguridad jurídica para hacer frente a la emergencia climática, con el apoyo del regulador público AMB.