El Ministerio de Trabajo está inmerso en su plan de paliar los problemas estructurales del mercado laboral, entre ellos la temporalidad. En la última propuesta presentada en la mesa de diálogo social, el departamento de Yolanda Díaz aboga por limitar los contratos temporales solo a un año y en unas condiciones mucho más estrictas que las actuales.

ElPlural.com se ha puesto en contacto con el Ministerio de Trabajo, que no avanza detalles sobre la medida hasta que no termine la negociación con los sindicatos.

El objetivo del Gobierno es lograr una mayor preferencia por los contratos indefinidos frente a los temporales. Así, según la propuesta, pretenden obligar a las empresas a contratar de forma indefinida a los trabajadores que encadenen dos o más contratos temporales por una duración conjunta de dos años.

Los trabajadores que hayan tenido contratos temporales en una misma empresa a lo largo de dos años, que no tienen porque ser consecutivos, pasarán automáticamente a considerarse empleados fijos. Para cumplirse esta condición, los contratos tendrían que haberse formalizado en un periodo de dos años y medio.

En este caso, no importa si han cambiado de puesto de trabajo dentro de la compañía, si se han trabajado en distintas empresas del mismo grupo o si han sido contratados a través de una Empresa de Trabajo Temporal (ETT). La norma no se aplicará en contratos formativos y de relevo, contratos de programas públicos de empleo y formación o contratos de empresas de inserción.

Contrato temporal de un año justificado

Así, el contrato temporal solo podría tener una duración máxima de un año, tras prorrogarse desde los seis meses, y tendrá que estar justificado en aquellas empresas con repuntes ocasionales e imprevisibles de la actividad empresarial, siempre que no puedan ser atendidas por la plantilla habitual.

En este caso, la propuesta excluye a aquellas compañías que centran su actividad en la estacionalidad, es decir, las más dependientes del turismo y de la temporada de verano por ejemplo. La explicación es que estas empresas conocen la fluctuación de su actividad y los refuerzos de plantilla que necesitarán en algunos momentos del año. Para estos supuestos, el Ejecutivo impone el uso del contrato fijo-discontinuo.

También podrá acogerse en caso de contratar a un trabajador como sustitución de otro aunque, pasado el periodo de dos años, el nuevo empleado también tendrá que convertirse en un trabajador indefinido para la empresa.

Por otro lado, el Ministerio de Trabajo plantea que estos trabajadores temporales tengan prioridad en el momento de cubrir nuevas vacantes en la empresa, ante lo que la empresa deberá informar a los sindicatos. Los representantes de los trabajadores tendrán que decidir que empleados tendrán prioridad para optar a estos puestos, además de que los convenios colectivos fijarán criterios para actuar en esos momentos.

Con todo esto, el Gobierno reduciría el número de contratos laborales a tres: indefinido, temporal y de formación, tal y como se ha comunicado a Bruselas de cara a la recepción de los fondos europeos en aras de avanzar en la recuperación económica tras el impacto de la pandemia. Así, el contrato indefinido se convertirá en el generalizado y se prevé la desaparición del contrato por obra o servicio.